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Juez colombiano suspendido por 15 años por negarse a casar a pareja del mismo sexo
Fue condenado ‘por desatender sus deberes y vulnerar el derecho de acceso a la justicia’
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial en su sesión del 10 de abril de 2024, ha confirmado una sanción ejemplar contra el Juez Décimo Civil Municipal de Cartagena, Ramiro Flórez Torres, quien se negó a casar a una pareja del mismo sexo, vulnerando así su derecho al acceso a la justicia. Este caso, que tuvo lugar en agosto de 2020, ha generado gran controversia debido a la firme postura del juez, quien priorizó sus creencias religiosas por encima de las leyes que respaldan estas uniones civiles.
Al recibir la solicitud de la pareja, Flórez Torres expresó abiertamente su desacuerdo, argumentando que el matrimonio entre personas del mismo sexo contradecía sus principios morales cristianos.
“Ello contraría mi moral cristiana, va en contra de mis principios esenciales, y cuando exista conflicto entre lo que dice la ley humana y lo que dice la ley de Dios, yo prefiero la ley de Dios, porque prefiero agradar primero a mi Señor Dios todopoderoso, antes que al ser humano”, dijo el juez Flórez Torres en su momento.
Esta negativa inicial no disuadió a la pareja, quienes recurrieron a otras instancias y finalmente lograron celebrar su matrimonio en 2021.
El caso ante la justicia disciplinaria:
Por su parte, la Comisión Seccional Disciplinaria de Bolívar profirió pliego de cargos contra el Juez el 27 de marzo de 2023 por desatender el deber consagrado en el numeral 10 del artículo 153 de la Ley 270 de 1996, en concordancia con el artículo 230 de la Constitución, que le imponía aplicar los precedentes de la Corte Constitucional en materia de matrimonio igualitario, incurriendo en falta grave a título de dolo.
Las palabras del juez, que afirmó que su actitud no era discriminación sino una comprensión de las normas divinas, evidencian un conflicto entre la fe personal y el deber público. Sin embargo, las autoridades disciplinarias han sido claras en su dictamen: Flórez Torres enfrenta una inhabilitación de 15 años para ejercer cargos públicos debido a su falta grave de cumplimiento de deberes, según lo estipulado por la Ley 270 de 1996 y la Constitución.
Este caso no solo pone en relieve la importancia de separar las convicciones personales de la labor pública, sino que también resalta la necesidad de respetar y proteger los derechos de la comunidad LGBTIQ+. La resolución de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial es un paso significativo hacia la garantía de una ciudadanía plena para todas las personas en Colombia, independientemente de su orientación sexual o identidad de género. Es crucial que este tipo de decisiones no solo sancionen la conducta individual, sino que también sirvan como recordatorio de los valores de igualdad y no discriminación que deben prevalecer en una sociedad justa y equitativa.
Honduras
Corte IDH reconoce a Thalía Rodríguez como familia social de Leonela Zelaya
Se construyeron una familia tras más de una década de convivencia
Por DORIS GONZÁLEZ * | TEGUCIGALPA, Honduras — En la sentencia del caso Leonela Zelaya y otra vs Honduras emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos se estableció un hito jurisprudencial para las personas LGBTQ en Honduras, así como en la región en relación a las diversas conformaciones de familias existentes. La Corte IDH interpretó por primera vez el concepto de familia social, indicando que la construcción de familia no debe restringirse a la familia nuclear o a nociones tradicionales, bajo el entendido de que hay diferentes formas en las que se materializan los vínculos familiares.
Este análisis se trae a colación debido al contexto de discriminación, prejuicio y violencia que atravesamos las personas LGBTQ, el cual se puede manifestar incluso dentro de nuestras propias familias. Esta violencia se manifiesta a través de actos de odio como ser el desarraigo familiar, violencia física, psicológica, social, económica, expulsiones de los hogares, violaciones correctivas e incluso, culminando en muertes violentas. Esta violencia motivada por la orientación sexual, identidad y expresión de género de las personas imposibilita la convivencia familiar.
Ante esto, las personas LGBTQ construimos vínculos sociales fuera del vínculo familiar tradicional, los cuales a través de la convivencia, amistad, apoyo económico-social y construcción de vida en común constituyen familias, tal como ocurrió en este caso.
Tras el abandono de su familia biológica, Leonela Zelaya y Thalía Rodríguez construyeron una familia tras más de una década de convivencia, en los cuales se apoyaron mutuamente en diversas situaciones, viviendo como mujeres trans, portadoras de VIH, ejerciendo el trabajo sexual y en situación de pobreza, enfrentando constantes episodios de detenciones arbitrarias y violentas por parte de los órganos policiales.
Tras su asesinato, fue Thalía quien recogió el cuerpo de Leonela en la morgue de Tegucigalpa y quien gestionó el féretro a través de la Funeraria del Pueblo. Los servicios fúnebres de Leonela Zelaya fueron realizados en un bar por mujeres trans, trabajadoras sexuales, al cual no asistió ningún miembro de su familia biológica.
El asesinato de Leonela y la falta de esclarecimiento generaron a Thalía un sentimiento de inseguridad, frustración e impotencia. Por estas violaciones de derechos humanos, la Corte reconoció a Thalía Rodríguez, en calidad de familiar de Leonela, como víctima del caso, generando estándares aplicables a todas las personas LGBTQ.
A juicio de la Corte, esta situación lleva a que, en casos de muertes violentas de mujeres trans, las personas que integren las redes de apoyo de la persona fallecida puedan ser declaradas víctimas por la violación de sus derechos a la integridad psíquica o moral, siempre que se acredite la existencia de un vínculo estrecho con la víctima y una afectación a sus derechos, derivada, por ejemplo, de las gestiones realizadas para obtener justicia. Esta sentencia logra reconocer que las personas LGBTQ construimos familias sociales, familias elegidas, e indica que estas deben ser reconocidas y validadas.
* Abogada litigante del caso Leonela Zelaya y otra vs Honduras, Red Lésbica Cattrachas
El año 2026 no comenzó en blanco para las organizaciones LGBTQ en Estados Unidos. Llegó precedido por un proceso que se activó con fuerza en 2025 y que hoy se manifiesta como una reconfiguración profunda del ecosistema de derechos, servicios y sostenibilidad comunitaria. No se trata de una crisis momentánea ni de un ajuste administrativo pasajero. Lo que está ocurriendo es un cambio estructural en la forma en que el Estado define, financia y condiciona la igualdad, la accesibilidad y la atención a poblaciones históricamente vulnerables.
Desde los primeros meses de 2025, la administración federal inició la retirada o revisión de múltiples órdenes ejecutivas y disposiciones que protegían explícitamente a personas LGBTQ en áreas clave como salud, educación y acceso a servicios. La justificación oficial ha girado en torno a la eliminación de lo que se denomina “ideología de género” y a la redefinición restrictiva del concepto de sexo, limitado exclusivamente a criterios biológicos. Este cambio discursivo no quedó en el plano simbólico. Se tradujo en nuevas reglas de elegibilidad, en la cancelación de subvenciones, en la eliminación de recopilación de datos y en una creciente incertidumbre administrativa que ha afectado directamente la operatividad de organizaciones comunitarias en todo el país, como ha documentado la Kaiser Family Foundation.
La salud fue uno de los primeros campos donde se sintió el impacto. Programas vinculados a la atención integral, a la prevención del VIH, a la salud mental y a la investigación en poblaciones LGBTQ comenzaron a perder respaldo federal. Subvenciones previamente aprobadas fueron canceladas o sometidas a revisión bajo criterios ideológicos, no científicos. Reuters y Associated Press han documentado cómo esta nueva orientación provocó la interrupción de investigaciones financiadas por los Institutos Nacionales de Salud, afectando proyectos que buscaban comprender mejor las desigualdades en salud, el acceso a tratamientos y las condiciones de vida de comunidades ya marginadas. La consecuencia inmediata no es solo la pérdida de conocimiento, sino la erosión de la capacidad del país para diseñar políticas públicas basadas en evidencia.
La educación siguió un camino similar. A lo largo de 2025, el discurso oficial contra los programas de diversidad, equidad e inclusión se tradujo en recortes presupuestarios y en señales claras a los sistemas educativos. Talleres de prevención de acoso, programas de formación docente, iniciativas de acompañamiento estudiantil y espacios seguros que durante años fueron sostenidos por alianzas entre escuelas y organizaciones LGBTQ comenzaron a desaparecer o a ser suspendidos por temor a perder fondos. El mensaje fue inequívoco: la igualdad dejó de ser una prioridad financiable. En ese vacío, quienes pagan el precio son jóvenes que pierden redes de apoyo fundamentales en etapas decisivas de su vida.
A este escenario se sumó un fenómeno menos visible pero igualmente dañino: el condicionamiento del lenguaje. Organizaciones que no se dedican exclusivamente a temas LGBTQ, pero que atienden poblaciones diversas, comenzaron a recibir directrices que restringen términos y enfoques en sus propuestas de financiamiento. Esto ha generado autocensura institucional, debilitamiento de programas y una sensación generalizada de inseguridad jurídica. Cuando las organizaciones no saben si nombrar una realidad puede costarles su existencia, el impacto va mucho más allá del presupuesto.
El efecto acumulado de estas decisiones comenzó a hacerse evidente en 2025 y se consolida en 2026. Servicios que antes funcionaban con relativa estabilidad ahora operan al límite. Se reducen horarios, se despide personal, se priorizan únicamente los casos más urgentes y se crean listas de espera que antes no existían. La prevención cede espacio a la emergencia, y la emergencia, como bien sabe la salud pública, siempre resulta más costosa y más dolorosa.
Puerto Rico ofrece un ejemplo claro de cómo esta dinámica se acelera en contextos con menos margen de maniobra. La pérdida de fondos federales por parte de organizaciones comunitarias ha tenido efectos inmediatos, obligando a cierres de programas, reestructuraciones profundas y una dependencia aún mayor de donaciones locales en un mercado filantrópico limitado. Lo que en otros estados puede tardar años en sentirse, en la isla se manifiesta en meses. Y, sin embargo, la necesidad de servicios no disminuye; al contrario, aumenta en contextos de incertidumbre económica y social.
Frente a este panorama, las organizaciones LGBTQ no han permanecido inmóviles. El 2026 las encuentra ensayando estrategias de supervivencia que, aunque diversas, comparten un mismo objetivo: no colapsar. Muchas han acelerado la diversificación de sus fuentes de ingreso, apostando por donantes individuales recurrentes, campañas comunitarias y modelos de membresía. Otras han intentado desarrollar servicios híbridos que permitan generar ingresos propios para sostener programas gratuitos. Las alianzas con universidades, sistemas de salud, municipios y organizaciones comunitarias más amplias se han convertido en una tabla de salvación para compartir costos y mantener presencia territorial.
Pero también hay decisiones dolorosas. Reducciones de personal, cierres temporales, eliminación de proyectos no considerados esenciales y una redefinición constante de prioridades. Estas medidas no son señales de mala gestión; son respuestas defensivas ante un entorno que se ha vuelto hostil e impredecible.
Lo que muchas veces queda fuera del debate público es que este proceso no afecta solo a las organizaciones como estructuras administrativas. Afecta a personas concretas. A jóvenes que pierden espacios seguros. A personas trans que ven restringido su acceso a servicios de salud. A familias que ya no encuentran acompañamiento. A activistas que quedan más expuestos en un clima social cada vez más polarizado. La retirada de fondos no elimina las realidades humanas que esos programas atendían; simplemente las empuja hacia la invisibilidad y el sufrimiento silencioso.
El 2026, entonces, no es únicamente un año de ajustes presupuestarios. Es una antesala que pone a prueba el compromiso real del país con la igualdad y la dignidad. Cuando los derechos dependen de ciclos políticos y los servicios esenciales quedan sujetos a criterios ideológicos, lo que se debilita no es solo una comunidad específica, sino el tejido social en su conjunto.
La pregunta que queda abierta no es si las organizaciones LGBTQ resistirán. Históricamente lo han hecho. La verdadera pregunta es cuántas personas quedarán sin protección en el camino y cuánto daño se normalizará antes de que la nación asuma que la accesibilidad, la educación y la salud no pueden ser tratadas como concesiones temporales.
El 2026 ya comenzó. Y lo que está en juego no es una narrativa cultural, sino la capacidad de una sociedad para sostener, con hechos y no solo con discursos, la dignidad humana.
Colombia
Colombia anunció la inclusión de las categorías ‘trans’ y ‘no binario’ en los documentos de identidad
Registraduría Nacional anunció el cambio el 28 de noviembre
Ahora los ciudadanos colombianos podrán seleccionar las categorías ‘trans’ y ‘no binario’ en los documentos de identidad del país.
Este viernes la Registraduría Nacional del Estado Civil anunció que añadió las categorías ‘no binario’ y ‘trans’ en los distintos documentos de identidad con el fin de garantizar los derechos de las personas con identidad diversa.
El registrador nacional, Hernán Penagos, informó que hizo la inclusión de estas dos categorías en los documentos de: registro civil, tarjeta de identidad y cédula de ciudadanía.
Según la registraduría: “La inclusión de estas categorías representa un importante avance en materia de garantía de derechos de las personas con identidad de género diversa”.
Estas categorías estarán en el campo de ‘sexo’ en el que están normalmente las clasificaciones de ‘femenino’ y ‘masculino’ en los documentos de identidad.
En 2024 se inició la ejecución de diferentes acciones orientadas implementar componentes “‘NB’ y ‘T’ en el campo ‘sexo’ de los registros civiles y los documentos de identidad”.
Las personas trans existen y su identidad de género es un aspecto fundamental de su humanidad, reconocido por la Corte Constitucional de Colombia en sentencias como T-236/2023 y T-188/2024, que protegen sus derechos a la identidad y no discriminación. La actualización de la Registraduría implementa estos fallos que ya habían ordenado esos cambios en documentos de identidad.
Por su parte, el registrador nacional, Penagos, comentó que: “se trata del cumplimiento de unas órdenes por parte de la Corte Constitucional y, en segundo lugar, de una iniciativa en la que la Registraduría ha estado absolutamente comprometida”. Y explicó que en cada “una de las estaciones integradas de servicio de las más de 1.200 oficinas que tiene la Registraduría Nacional se va a incluir todo este proceso”.
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