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Pareja de lesbianas cubanas vive entre la libertad y en el encierro

Yanelkys Moreno Agramonte permanece bajo custodia de ICE

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De izquierda: Yanelkys Moreno Agramonte y su pareja, Dayana Rodríguez González. (Foto cortesía de Dayana Rodríguez González)

Nota del editor: Yariel Valdés González es periodista de Cuba que ha obtenido asilo en Estados Unidos. Permaneció bajo custodia del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) por casi un año hasta su liberación del River Correctional Center en Ferriday, Luisiana, el 4 de marzo.

Una versión de esa nota en inglés salió en el sitio web del Washington Blade el miércoles.

En casi cinco años de noviazgo, Yanelkys Moreno Agramonte, 36, y Dayana Rodríguez González, 31, nunca se habían separado. Eran dos vidas en una hasta el 3 de noviembre de 2019 cuando ambas solicitaron juntas asilo político en Estados Unidos a través de un puerto de entrada de El Paso, Texas. Allí determinaron que no podían estar sentadas ni en el mismo banco. Mientras procesaban su ingreso al país, ambas fueron confinadas a celdas distintas.

“A mí me encerraron en una bien pequeña, sola”, cuenta al Washington Blade vía telefónica Moreno desde el South Louisiana ICE Processing Center en Basile, Luisiana, el 9 de junio. “Allí estuve dos días y a mi pareja la trasladaron al otro día de haber entrado”.  

“Perdimos todo vínculo”, narra por otra parte Rodríguez el 10 de junio en una llamada con el Blade desde Phoenix. “No sabía donde estaba ella y ni ella donde estaba yo. El día cuatro me movieron en la noche para el centro de detención y ahí seguía con la incertidumbre de si la iban a mandar para allá”.

Al otro día coincidieron unos minutos en el comedor del El Paso Service Processing Center, pues no estaban en el mismo dormitorio. Así hicieron cada vez que podían para curarse esa necesidad de una por la otra.

“Nos regañaron dos veces porque yo me quedaba de última en la fila para esperar a que ella llegara y comer juntas”, recuerda Rodríguez. 

Ambas idearon una estrategia para verse en los turnos de la biblioteca, en visitas que podían solicitar y hasta en la ceremonia religiosa que la Iglesia Católica oficiaba allí.

“Yanelkis hizo las peticiones para las visitas como dos veces y nos autorizaron una sola. Era en un mismo salón todas las parejas juntas, una al lado de la otra. No nos podíamos tocar, solo un beso a la entrada y un beso a la salida y con una oficial vigilándonos todo el tiempo. Y era cuando ellos querían darte la visita”, comenta Rodríguez.

Si ambas hubieran estado casadas, quizás esta historia no hubiera sido tan amarga, pues, en teoría, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) dispone que un solicitante de asilo casado puede patrocinar a su cónyuge a través del estado de “asilado derivado”. Este proceso permite que puedan permanecer juntos siempre que presenten un certificado de matrimonio o unión civil. 

Pero Moreno y Rodríguez son ciudadanas de Cuba, una isla donde aún no es legal el matrimonio entre personas del mismo sexo así como prevalecen políticas gubernamentales y actitudes sociales que acentúan la discriminación hacia la comunidad LGBTQ.

Sus casos de inmigración están unidos, sin embargo, en diciembre Moreno fue separada otra vez de Rodríguez, esta vez a más de 900 millas al este, al South Louisiana ICE Processing Center, donde actualmente permanece, mientras que a Rodríguez la mantuvieron en custodia en El Paso hasta el 4 de febrero de 2020 cuando fue liberada bajo libertad condicional (parole) y una fianza de $7,500. 

Se vieron por última vez a través del cristal de una puerta, amándose con señas, luego de una conversación que marcaría para siempre la vida de ambas. Al siguiente amanecer Moreno ya no estaba y la frustración por no poder despedirse las hiere hasta hoy.

El Paso, Texas, y Ciudad Juárez, México, el 15 de julio de 2019. Yanelkys Moreno Agramonte y su pareja, Dayana Rodríguez González, piden asilo en Estados Unidos en El Paso. (Foto de Michael K. Lavers por el Washington Blade)

Homofobia y acoso policial constante en Cuba

Las familias de Moreno y Rodríguez nunca aceptaron que dos mujeres podían enamorarse y convivir juntas. Los prejuicios que aún perviven en la isla caribeña y especialmente en Zulueta, un diminuto poblado en el centro del país donde residían, les ponían constantemente barreras a su vida social y de pareja.

“Debido a mi orientación sexual mis padres se divorciaron. Mi padre es el típico machista cubano, que decía que sus hijos no podían ser homosexuales. La única que me apoyó siempre fue mi hermana”, detalla Moreno. 

A Rodríguez la expulsaron de su casa cuando se enteraron que tenía una relación amorosa con una muchacha.

“Me sacaron todas mis cosas y eso fue terrible, porque estaba lloviendo y además en medio de un apagón. Tuve que recoger mis cosas e irme para casa de ella. Fue algo que no esperábamos”, ella dice.

Al rechazo familiar se sumaban las miradas acusadoras de sus vecinos, por lo que no se atrevían ni a caminar por las calles tomadas de las manos. Moreno se sintió asfixiada con tanta intolerancia, “pues allá (Cuba) los homosexuales no somos bien vistos, ni por la familia ni por las autoridades, somos bastante discriminados. Me sentía mal porque al final nosotros también somos personas correctas. Tenemos derechos y el gobierno constantemente los viola. No podemos tener nuestra propia familia”.

A la imposibilidad de contraer matrimonio, los gays cubanos tampoco pueden adoptar niños. Las personas trans no están protegidas en el actual Código del Trabajo y solo las que se realicen la operación de reasignación de sexo pueden cambiar su género y foto en el documento de identidad, un proceso que no suele ser ágil.  

Como si el actual escenario no bastara, esta pareja sufrió el acoso de un policía homofóbico. El oficial de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) de Cuba las perseguía como una sombra.

“Había un oficial apellidado Sosa, que donde quiera que estábamos se aparecía”, según el testimonio de Rodríguez. “Él se portó muy grosero con nosotras. En dos ocasiones nos ofendió diciéndonos que no le estábamos dando ningún buen ejemplo a la sociedad ni a los niños”.

“En la otra ocasión, durante unas fiestas del pueblo, estábamos sentadas en el parque, agarradas de manos, sin faltarle el respeto a nadie y él también llegó y nos llevó a la unidad porque, según él, no podíamos hacer eso”, continúa Rodríguez. “Él no estaba de acuerdo en que nosotras fuéramos pareja ni que lo demostrásemos en público. Nos puso una multa de 500 pesos porque no nos quería ver más juntas en la calle. Fue como un acta de advertencia y nos tuvo 73 horas detenidas. En la unidad el oficial le contó a todos que éramos lesbianas y comenzaron también a burlarse de nosotras y a decirnos insultos. Y la verdad es que nos sentíamos muy mal con todo eso. La vida para nosotras era muy difícil allí”.

Oficiales de la Policía Nacional Revolucionaria de Cuba miran a participantes de una marcha LGBTQ no sancionada que se realizó en La Habana el 11 de mayo de 2019. (Foto cortesía de Pedro Luis García)

Cansadas de ese rechazo familiar, social y gestado también desde las instituciones gubernamentales de Cuba, esta joven pareja huyó del país para no salir nunca más a la calle con miedo, contaron en exclusiva al Blade. Ahora, luego de siete meses en territorio estadounidense, enfrentan el terror de la deportación de Moreno, a quien ya le han negado en dos ocasiones la libertad condicional para enfrentar su proceso migratorio en libertad.

“Las dos respuestas de ICE a mi petición de parole me han dicho que soy riesgo de fuga”, dice Moreno. “La primera fue el 5 de enero y la segunda petición la preparé con un grupo de abogados y quedó muy buena, con todo lo que me pedían, una solicitud bien completa y me la negaron otra vez. Me pusieron una fecha para una entrevista que nunca me hicieron”. 

De acuerdo con la propia directiva de libertad condicional de ICE, si un solicitante de asilo pasa su entrevista de miedo creíble, comprueba su identidad, demuestra que no es un peligro para la sociedad y muestra que no es un riesgo de fuga, debe ser puesto en libertad condicional mientras espera su audiencia de asilo. 

La tasa de libertad condicional de ICE en Nueva Orleans que tiene jurisdicción sobre Luisiana se redujo de más del 75 por ciento en 2016 a cero en 2019, según un dictamen emitido por el juez federal James Boasberg de D.C. que otorga una orden judicial preliminar en una demanda colectiva presentada por otros solicitantes de asilo.

“Yo cumplo con todos los requisitos que ellos piden: entré por un puerto seguro, tengo a alguien que me va a recibir y cuento con un miedo creíble positivo”, ejemplifica Moreno. “Cuando me negaron el parole por segunda vez me reuní con mi oficial deportador y no supieron darme una explicación convincente, solo me dijeron que al evaluar mi caso determinaron que yo no me iba a presentar a las cortes”.

Liza Doubossarskaia es ayudante legal y preparó la segunda solicitud de parole de Moreno bajo la supervisión de Bridget Crawford, abogada y directora legal de Immigration Equality. En una entrevista con el Blade, Doubossarskaia interpreta la negativa de parole a Moreno como un acto discriminatorio de ICE, pues la persona que la va a recibir no es su familia, sino otra persona LGBTQ. 

“En ningún documento se contempla que la persona que recibe al inmigrante debe ser su familiar cercano,” señala Doubossarskaia. “En la solicitud de Parole afirmamos que su familia no la apoya porque es gay, pero ella sí tiene lazos con este país porque tiene una amiga dispuesta a acogerla y el apoyo de varias organizaciones, entre ellas Immigration Equality, que va a velar porque asista a las citas con inmigración. Además no es un peligro, pues presentamos sus antecedentes penales y están limpios. ICE nunca explica por qué es un riesgo de fuga”.

El Blade solicitó comentarios al ICE sobre el caso particular de Moreno, pero no recibió ninguna respuesta al respecto. 

“Cuando tuvimos la segunda respuesta negativa del Parole fue como si nos lanzaran un cubo de agua fría a las dos”, confiesa Rodríguez. “Se nota en el tono de su voz, en su físico cuando puedo verla por una videollamada que todo ese encierro y este tiempo separadas la está afectando, nos está afectando a las dos”. 

Moreno aún está a la espera de su segunda corte, planificada para el próximo 28 de julio. Cuenta que su mayor temor es llegar a su última comparecencia frente a un juez de inmigración “porque es mucho estrés, por todo el tiempo que he estado aquí dentro, por todo lo que hemos vivido. Ese momento es muy difícil y cuando uno no tiene mucho apoyo más todavía”. 

En cambio, a Rodríguez le aterra que su novia sea deportada a Cuba “y todo se termine”. De solo mencionarlo se le raja la voz en el teléfono.

“Hoy terminé la llamada con ella por la mañana llorando porque esta ausencia a mí me ha afectado mucho”, cuenta Rodríguez. “También las llamadas son cortas porque tenemos que ahorrar el poquito de dinero que tiene para comunicarse. Cuando ella me dice que se siente mal y termina llorando la verdad es que me pone muy mal”. 

Encierro ‘peligroso e irracional’ 

En defensa de Moreno y de todos los solicitantes de asilo LGBTQ en custodia de ICE, el congresista de Illinois Mike Quigley envió recientemente una carta al secretario interino de Seguridad Nacional, Chad Wolf, donde califica el encierro de esta población, especialmente en medio de una pandemia del coronavirus, como “peligroso e irracional”.

Más de dos docenas de otros miembros de la Cámara de Representantes de EEUU firmaron la petición, que también cita el caso específico de Moreno.

En una entrevista telefónica con el Blade, Quigley considera que se trata de un tema de “decencia humana básica” y expresa que la agencia está “ignorando” el distanciamiento social y otras pautas de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) y no “proporcionando equipo de protección o productos de higiene a los detenidos”. 

El demócrata de Illinois también considera que los detenidos LGBTQ en los centros de detención de ICE “son tratados peor en estas condiciones que la población en general, y nadie es tratado bien”.

Moreno detalla al Blade que el South Louisiana ICE Processing Center tiene la capacidad para acoger a unas 1,000 personas y actualmente permanecen allí alrededor de 190 inmigrantes mujeres. En el cuarto donde reside, de 72 camas, están ocupadas más de 50.

“Somos muchas para un cuarto tan pequeño”, dice Moreno. “La comida no es buena, algún día a la semana mejora un poco, pero por lo general es mala. La limpieza no es muy buena tampoco. Ahora, como somos tan poquitas, los insumos de la limpieza han mejorado, pero cuando estaba todo el centro era muy difícil conseguir un papel higiénico o un champú. Aquí no dan jabón. Tenemos que bañarnos con champú y la comisaría es muy cara”.  

De izquierda: Yanelkys Moreno Agramonte habla con su pareja, Dayana Rodríguez González, desde el South Louisiana ICE Processing Center en Basile, Luisiana. (Foto cortesía de Dayana Rodríguez González)

Doubossarskaia confirma que el centro de detención de Moreno ahora tiene espacio para promover el distanciamiento social, pero ha optado por no hacerlo.

“De hecho, Yanelkys compartió conmigo que en algún momento a principios de mayo las mujeres detenidas de diferentes unidades de vivienda fueron trasladadas a una sola”, ella dice. “Según Yanelkys, cuando se le preguntó a un oficial de detención al respecto, respondió que era para hacer un ‘mejor uso del espacio’”.

Hasta el martes pasado había 871 detenidos de ICE con casos confirmados del coronavirus y su sitio web informa que, de un total 24,713 personas que continúan bajo su custodia, 7,364

inmigrantes han sido sometidos a las pruebas del virus. 

La agencia ratifica que ha evaluado a su población detenida en base a la guía de los CDC para las personas que podrían estar en mayor riesgo de enfermedad grave como resultado del coronavirus. En ese sentido, han liberado a más de 900 personas después de evaluar su historial de inmigración, antecedentes penales, amenaza potencial para la seguridad pública, riesgo de vuelo y preocupaciones de seguridad nacional.

Pese a que en su centro de detención no hay ningún caso confirmado del coronavirus, Moreno afirma no sentirse segura, pues durante este tiempo de pandemia no se ha detenido la entrada de inmigrantes a la prisión donde se encuentra. 

“No todos los oficiales usan máscaras ni guantes. Ellos dicen que sí toman las medidas cuando entran al centro, pero no me consta. Ellos son los que salen y entran y no nos protegen. A nosotras sí nos exigen estar a seis pies de distancia una de la otra y cuando vamos a la recreación o al comedor son solamente las detenidas de un dormitorio, no nos mezclamos con las demás”, ella dice. 

Al temor de contraer el coronavirus, Moreno ha enfrentado varios episodios de discriminación dentro de la cárcel, lo mismo por parte de sus compañeras que de los oficiales que manejan la detención, que pertenece a la compañía privada GEO Group. 

“Como en dos ocasiones fui a entrar al baño y me decían que no podía entrar porque les daba pena bañarse conmigo”, ella dice. “Yo, con tal de evitar un problema, decidí bañarme sola desde ese momento. Con los oficiales me ha sucedido que les pido, por ejemplo, un papel y no me lo dan, pero detrás va otra persona y se lo entregan, por cosas así me siento discriminada”.

Doubossarskaia opina que ICE no toma suficientes medidas para proteger a las personas LGBTQ en sus instalaciones.

“Hemos escuchados muchas historias de detenidos que sufren homofobia dentro de sus detenciones y a veces las acciones que ejecutan se demoran semanas y a veces no las toman”, advierte.

En cuanto al trato de los oficiales de South Louisiana ICE Processing Center, Moreno declara que en su mayoría no son buenas personas.

“Los hay relativamente sensibles, pero hay otros que hasta nos ofenden, nos humillan”, dice.  

“Yo no pensé estar tanto tiempo detenida”, se lamenta Moreno. “De hecho, mi pareja y yo pensábamos que serían máximo dos meses y que podríamos salir, casarnos, hacer una vida juntas, pero nada de eso ha sucedido. Solo podemos hablar por teléfono, pero la separación es dura y muy triste. Yo me deprimo y lloro mucho”.

Le pregunto qué es lo que más extraña y sin pensarlo dos veces me responde que la libertad, pero sobre todo, a su novia. “Quiero verla, abrazarla …”, dice y nos quedamos unos segundos en silencio y no sé bien cómo animarla, cómo enviarle fuerzas y esperanza.    

“No siento a Yanelkys bien, de hecho, estamos buscando ayuda psicológica”, dijo Rodríguez. “Ya ha tenido dos citas con un profesional porque está muy estresada y la encuentro muy decaída … y a ellos (ICE) no les interesa la vida de uno”. 

Michael K. Lavers contribuyó a esa nota.

De izquierda: Yanelkys Moreno Agramonte y su pareja, Dayana Rodríguez González. (Foto cortesía de Dayana Rodríguez González)
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Ecuador

Adolescentes trans en Ecuador podrán cambiar datos en su cédula, pero con condicionamientos

Pueden modificar el campo de género en su documento de identidad con requisitos

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Edición Cientonce es el socio mediático del Washington Blade en Ecuador. Esta nota salió en su sitio web el 12 de marzo.

Por VICTOR H. CARREÑO | En una sentencia del 5 de febrero de 2026, la Corte Constitucional declaró inconstitucional el requisito legal de mayoría de edad para modificar el campo de sexo o género en la cédula de identidad y fija lineamientos para que adolescentes trans puedan cambiar estos datos.

El máximo organismo de control e interpretación constitucional incorpora dos requerimientos: que la persona adolescente se presente al procedimiento administrativo con sus padres y que informes psicosociales acrediten un grado de madurez.

El fallo resuelve una consulta de constitucionalidad de una unidad judicial que lleva una acción de protección contra el Registro Civil presentada por la familia de un adolescente trans que solicitó, en junio de 2023, modificar el campo de género en la cédula.

La institución se negó porque la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles establece que la rectificación de sexo o género es un procedimiento para personas mayores de 18 años.

El adolescente, cuya identidad se protege en la sentencia, cuenta con el apoyo de sus padres en su transición, que inició en 2020. En una audiencia, su madre expuso que si bien en el ámbito familiar y en el sistema educativo se respeta la identidad de su hijo, fuera de estos hay situaciones, como en consultas médicas en el Seguro Social, en que debe presentar la cédula de él y quienes la reciben preguntan si es el documento equivocado.

En el desarrollo de la sentencia, la Corte expone por qué el requisito de tener mayoría de edad para acceder a la modificación de datos en la cédula es inconstitucional.

Entre varios motivos, explica que restringe los derechos al libre desarrollo de la personalidad e identidad, que la edad no puede exigirse como “criterio determinante y único” para determinar la madurez de un adolescente, y que la medida puede generar impactos negativos en el bienestar psicológico y emocional.

Por ello, indica que existen mecanismos alternativos como la evaluación individualizada, el acompañamiento técnico y la consideración del contexto familiar.

En ese sentido, la Corte dispone al Registro Civil que debe proceder al cambio de los datos de adolescentes trans cuando acudan acompañades de sus representantes legales y con el respaldo de informes psicosociales.

Estos informes, agrega la sentencia, deben ser de profesionales acreditados o de órganos técnicos públicos competentes que sean considerados por el Registro Civil.

El fallo tiene efectos para este caso y otros similares. A diferencia de otras sentencias, la Corte no ordena una reforma a la legislación.

La organización Silueta X, que difundió el caso en un comunicado el 11 de marzo, calificó el fallo como histórico y explicó que este crea jurisprudencia de cumplimiento obligatorio.

Sin embargo, otras organizaciones cuestionan los requisitos. Fundación Pakta indica que si bien la sentencia derriba la barrera etaria de la mayoría de edad, la inclusión de informes psicosociales contradice la tendencia global y regional hacia la despatologización.

Pakta menciona, por ejemplo, la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, instrumento que reconoce la identidad autopercebida de las personas y los derechos patrimoniales de parejas del mismo sexo.

El documento, recuerda Pakta en un comunicado, establece que para el reconocimiento de la identidad de género no se debe exigir certificados médicos ni psicológicos. Además, que la Organización Mundial de la Salud reconoció que la identidad trans no es una patología psiquiátrica.

Mientras que la activista Nua Fuentes, de Proyecto Transgénero, considera que los requisitos impuestos por la Corte pueden ser problemáticos. Menciona que frente al desconocimiento y prejuicios, profesionales de salud patologizan la identidad trans.

Además, señala que puede haber casos de que la familia y psicólogos expresen rechazo a la identidad trans y limiten los derechos de adolescentes trans. O también menciona casos de abandono de niñes y adolescentes trans y pregunta cómo reconocer su identidad si no cumplen con el requisito de acudir sin representantes legales.

Los condicionamientos para el cambio del campo de sexo o género en la cédula para adolescentes trans marcan también una diferencia con el procedimiento en personas trans de más de 18 años, pues estas —desde las reformas vigentes en 2024— no deben presentar requisitos. Solo su declaración expresa de ser una persona trans que desea que los datos de su cédula estén conformes a su identidad de género.

La madurez de niñeces y adolescencias ha sido un tema abordado en convenciones o instrumentos internacionales. La Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU del 2009 es contundente al reconocerles como seres autónomos y capaces de formar sus propias opiniones a través de la experiencia, el entorno, las expectativas sociales y culturales.

Esta convención es mencionada en una sentencia de la Corte Constitucional en que reconoció la identidad de infancias y adolescencias trans en el sistema educativo.

En las Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño, documentos de interpretación para los alcances de la mencionada Convención, se explica que la madurez es “la capacidad de comprender y evaluar las consecuencias de un asunto determinado”, lo cual debe considerarse en relación con su capacidad individual, contextos, entornos, experiencias de vida y familiar, desarrollo psicológico y no únicamente con su edad biológica.

Además, que la edad cronológica no determina la evolución de las capacidades de las niñeces y adolescencias porque estas crecen a lo largo del tiempo.

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Ecuador

Justicia reconoce delito de odio en caso de bullying en Instituto Nacional Mejía de Ecuador

Johana B se suicidó el 11 de abril de 2023

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(Imagen de cortesía)

Edición Cientonce es el socio mediático del Washington Blade en Ecuador. Esta nota salió en su sitio web el 9 de febrero.

A casi tres años del suicidio de Johana B., quien estudió en el Instituto Nacional Mejía, colegio emblemático de Quito, el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia ratificó la condena para el alumno responsable del acoso escolar que la llevó a quitarse la vida.

Según información de la Fiscalía, el fallo de última instancia deja en firme la condena de cuatro años de internamiento en un centro para adolescentes infractores, en una audiencia de casación pedida por la defensa del agresor, tres meses antes de que prescriba el caso. 

Con la sentencia, este caso es uno de los primeros en el país en reconocer actos de odio por violencia de género, delito tipificado en el artículo 177 del Código Orgánico Penal Integral (COIP).

El suicidio de Johana B. ocurrió el 11 abril de 2023 y fue consecuencia del acoso escolar por estereotipos de género que enfrentó la estudiante por parte de su agresor, quien constantemente la insultaba y agredía por su forma de vestir, llevar el cabello corto o practicar actividades que hace años se consideraban exclusivamente para hombres, como ser mando de la Banda de Paz en el Instituto Nacional Mejía.

Desde la muerte de Johana, su familia buscaba justicia. Su padre, José, en una entrevista concedida a edición cientonce para la investigación periodística Los suicidios que quedan en el clóset a causa de la omisión estatal afirmó que su hija era acosada por su compañero y otres estudiantes con apodos como “marimacha”, lo que también fue corroborado en  los testimonios recogidos por la Unidad de Justicia Juvenil No. 4 de la Fiscalía. 

Los resultados de la autopsia psicológica y del examen antropológico realizados tras la muerte de Johana confirmaron las versiones de sus compañeras y docentes: que su agresor la acosó de manera sistemática durante dos años. Los empujones, jalones de cabello o burlas, incluso por su situación económica, eran constantes en el aula de clase. 

La violencia que recibió Johana escaló cuando su compañero le dio un codazo en la espalda ocasionándole una lesión que le imposibilitó caminar y asistir a clases.

Días después del hecho, la adolescente se quitó la vida en su casa, tras escuchar que la madre del agresor se negó a pagar la mitad del valor de una tomografía para determinar la lesión en su espalda, tal como lo había acordado previamente con sus padres y frente al personal del DECE (Departamento de Consejería Estudiantil del colegio), según versiones de su familia y la Fiscalía.

“Era una chica linda, fuerte, alegre. Siempre nos llevamos muy bien, hemos compartido todo. Nos dejó muchos recuerdos y todos nos sentimos tristes; siempre estamos pensando en ella. Es un vacío tan grande aquí, en este lugar”, expresó José a Edición Cientonce el año pasado. 

Para la fiscal del caso y de la Unidad de Justicia Juvenil de la Fiscalía, Martha Reino, el suicidio de la adolescente fue un agravante que se contempló durante la audiencia de juzgamiento de marzo de 2024, según explicó a este medio el año pasado. Desde entonces, la familia del agresor presentó un recurso de casación en la Corte Nacional de Justicia, que provocó la dilatación del proceso. 

En el fallo de última instancia, el Tribunal también dispuso que el agresor pague $3.000 a la familia de Johana B. como reparación integral. Además, el adolescente deberá recibir medidas socioeducativas, de acuerdo al artículo 385 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, señala la Fiscalía.

El caso de Johana también destapó las omisiones y negligencias del personal del DECE y docentes del Instituto Nacional Mejía. En la etapa de instrucción fiscal se comprobó que no se aplicaron los protocolos respectivos para proteger a la víctima.

De hecho, la Fiscalía conoció el caso a raíz de la denuncia que presentó su padre, José, y no por el DECE, aseguró la fiscal el año pasado a Edición Cientonce.

Pese a estas omisiones presentadas en el proceso, el fallo de última instancia sólo ratificó la condena para el estudiante.

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Honduras

Corte IDH reconoce a Thalía Rodríguez como familia social de Leonela Zelaya

Se construyeron una familia tras más de una década de convivencia

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(Captura de pantalla de Reportar sin Miedo)

Reportar sin Miedo es el socio mediático del Washington Blade en Honduras. Esta nota salió en su sitio web el 19 de enero.

Por DORIS GONZÁLEZ * | TEGUCIGALPA, Honduras — En la sentencia del caso Leonela Zelaya y otra vs Honduras emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos se estableció un hito jurisprudencial para las personas LGBTQ en Honduras, así como en la región en relación a las diversas conformaciones de familias existentes. La Corte IDH interpretó por primera vez el concepto de familia social, indicando que la construcción de familia no debe restringirse a la familia nuclear o a nociones tradicionales, bajo el entendido de que hay diferentes formas en las que se materializan los vínculos familiares.

Este análisis se trae a colación debido al contexto de discriminación, prejuicio y violencia que atravesamos las personas LGBTQ, el cual se puede manifestar incluso dentro de nuestras propias familias. Esta violencia se manifiesta a través de actos de odio como ser el desarraigo familiar, violencia física, psicológica, social, económica, expulsiones de los hogares, violaciones correctivas e incluso, culminando en muertes violentas. Esta violencia motivada por la orientación sexual, identidad y expresión de género de las personas imposibilita la convivencia familiar.

Ante esto, las personas LGBTQ construimos vínculos sociales fuera del vínculo familiar tradicional, los cuales a través de la convivencia, amistad, apoyo económico-social y construcción de vida en común constituyen familias, tal como ocurrió en este caso.

Tras el abandono de su familia biológica, Leonela Zelaya y Thalía Rodríguez construyeron una familia tras más de una década de convivencia, en los cuales se apoyaron mutuamente en diversas situaciones, viviendo como mujeres trans, portadoras de VIH, ejerciendo el trabajo sexual y en situación de pobreza, enfrentando constantes episodios de detenciones arbitrarias y violentas por parte de los órganos policiales.

Tras su asesinato, fue Thalía quien recogió el cuerpo de Leonela en la morgue de Tegucigalpa y quien gestionó el féretro a través de la Funeraria del Pueblo. Los servicios fúnebres de Leonela Zelaya fueron realizados en un bar por mujeres trans, trabajadoras sexuales, al cual no asistió ningún miembro de su familia biológica.

El asesinato de Leonela y la falta de esclarecimiento generaron a Thalía un sentimiento de inseguridad, frustración e impotencia. Por estas violaciones de derechos humanos, la Corte reconoció a Thalía Rodríguez, en calidad de familiar de Leonela, como víctima del caso, generando estándares aplicables a todas las personas LGBTQ.

A juicio de la Corte, esta situación lleva a que, en casos de muertes violentas de mujeres trans, las personas que integren las redes de apoyo de la persona fallecida puedan ser declaradas víctimas por la violación de sus derechos a la integridad psíquica o moral, siempre que se acredite la existencia de un vínculo estrecho con la víctima y una afectación a sus derechos, derivada, por ejemplo, de las gestiones realizadas para obtener justicia. Esta sentencia logra reconocer que las personas LGBTQ construimos familias sociales, familias elegidas, e indica que estas deben ser reconocidas y validadas.


* Abogada litigante del caso Leonela Zelaya y otra vs Honduras, Red Lésbica Cattrachas

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