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El Título 42 finaliza el jueves
Activistas critican duramente las nuevas normas de asilo de EEUU
Una norma que cerró la frontera sur a la mayoría de las personas solicitantes de asilo y migrantes debido a la pandemia de COVID-19 expirará el jueves a las 11:59 p.m. ET.
Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades aplicaron en marzo de 2020 el Título 42.
La administración Biden-Harris anunció en abril de 2022 que pondría fin a la anterior política de la Casa Blanca, pero los fiscales generales republicanos de Texas y más de una docena de otros estados presentaron una demanda federal.
El Tribunal Supremo de EE.UU. dictaminó el pasado diciembre que el Título 42 debe seguir en vigor. Pocas semanas después, la administración Biden-Harris anunció que la emergencia de salud pública COVID-19 -y el Título 42- finalizarían el jueves.
“El Título 42 exacerbó situaciones ya peligrosas y a menudo mortales para las personas LGBTQI que buscan asilo”, declaró el martes al Washington Blade el director ejecutivo de San Diego Pride, Fernando Z. López. “Su tenencia causó una tensión adicional en los servicios directos, la asistencia jurídica y los recursos de organización comunitaria que se sintieron en ambos lados de nuestra región transfronteriza”.
Abdiel Echevarría-Caban, un abogado de inmigración con sede en el sur de Texas que el Colegio de Abogados LGBTQ+ en 2021 reconoció como uno de sus 40 mejores abogados LGBTQ menores de 40 años, dijo el martes que el Título 42 “necesitaba terminar hace mucho tiempo, dado que el país estaba abierto para aceptar viajeros a través de todos nuestros aeropuertos.”
“No tenía sentido seguir aplicando la política cuando ya contamos con protocolos de seguridad de salud pública”, dijo. “El uso de un mecanismo de salud pública para disuadir a los solicitantes de asilo en la frontera suroeste en buscar protección fue bárbaro, erróneo y un mal uso de la política pública”.
Echevarría-Caban detalló además el impacto que el Título 42 tuvo sobre las personas LGBTQ e intersexuales y otros solicitantes de asilo de grupos vulnerables a los que él y otros abogados representaban.
“Aquí, en la frontera suroeste, tuvimos que solicitar exenciones para personas, especialmente mujeres, niños y personas LGBTQIA, que fueron devueltas a México, y quedaron expuestas a más peligros en las calles de México, expuestas a la violencia de los cárteles, extorsiones, secuestros y violaciones”, dijo. “Aquí, en Estados Unidos, tenemos obligaciones en virtud de la Convención contra la Tortura. Estados Unidos fue parte activa en el desarrollo de nuestro actual sistema internacional de derechos humanos y refugiados.”
Associated Press señala que Estados Unidos empezará el jueves a denegar el asilo a personas inmigrantes que no pidan protección en un país por el que hayan viajado o lo soliciten por internet antes de llegar a la frontera sur.
El Departamento de Seguridad Nacional creó el pasado otoño un programa de libertad condicional humanitaria para venezolanos que amplió a cubanos, haitianos y nicaragüenses en enero.
Un alto funcionario de la administración dijo el martes que la administración Biden-Harris planea “ampliar los programas de reunificación familiar en libertad condicional” a los países centroamericanos que incluyen a Guatemala, El Salvador y Honduras y a Colombia.
El Secretario de Estado Antony Blinken y el Secretario de Seguridad Nacional Alejandro Mayorkas, nacido en Cuba, anunciaron el 27 de abril que Estados Unidos abrirá más de 100 “centros regionales de procesamiento” en todo el continente americano. Un alto funcionario de la administración dijo el martes que “facilitarán una amplia gama de vías legales a Estados Unidos y eventualmente a Canadá y España también.”
“Una vez más, nuestro objetivo es añadir estos centros al conjunto de vías legales que ya existen y que la administración ha puesto en marcha en los últimos dos años”, dijo el funcionario.
Otro alto funcionario de la administración dijo que EE.UU. tiene “un sólido conjunto de consecuencias para los no ciudadanos que, a pesar de tener estas opciones a su disposición, continúan cruzando ilegalmente por la frontera.”
Según informaron, Estados Unidos comenzará el jueves a devolverlos a México en virtud del Título 8 tras llegar a un acuerdo con el gobierno del presidente mexicano Andrés Manuel López Obrador. (La fiscalía mexicana ha anunciado que presentará cargos contra el director del Instituto Nacional de Migración del país después de que un incendio en un centro de detención de inmigrantes en Ciudad Juárez, ciudad fronteriza que se encuentra al otro lado del Río Grande desde El Paso, Texas, matara a 40 migrantes el 27 de marzo. Associated Press informó de que una cámara de seguridad del interior del centro grabó a dos guardias que no intentaron ayudar a los migrantes que se encontraban dentro de la celda en la que se inició el incendio. Los guardias, según Associated Press, acabaron alejándose).
“También incluye la regla de elusión de vías legales que publicaremos para inspección pública mañana (jueves) por la mañana, y esa regla impondrá condiciones significativas sobre la elegibilidad de asilo para las personas que no aprovechen estas sólidas vías legales que hemos establecido, que no programen su presentación segura y ordenada en la frontera utilizando nuestra aplicación móvil CBP One, y a quienes no soliciten asilo en uno de los países que atraviesan”, dijo el funcionario.
El funcionario señaló además que Estados Unidos comenzará a “ampliar significativamente … nuestro uso de la expulsión acelerada en la frontera.”
“Esta es nuestra consecuencia tradicional del Título 8 para las personas que se encuentran entre los puertos de entrada”, dijo el funcionario.
El presidente de la Coalición TransLatin@, Bamby Salcedo, dijo el miércoles al Blade que es “desafortunado que en lugar de avanzar, sigamos retrocediendo.”
“La eliminación del Título 42 nos impactará a todos, pero específicamente a las personas solicitantes de asilo que son LGBTQ”, dijo Salcedo. “Es incomprensible que esta administración dé este paso. Se trata de avanzar y mejorar la vida de las personas, no de quitarnos los logros que nos hemos ganado con trabajo duro, sangre y lágrimas.”
La directora jurídica de Immigration Equality, Bridget Crawford, también criticó duramente en un comunicado a la administración Biden-Harris por sus nuevas normas para los solicitantes de asilo y los inmigrantes una vez que finalice el Título 42.
“Estamos asombrados por el desprecio insensible de la administración de los peligros que la prohibición de asilo del presidente Biden impone a los refugiados LGBTQ. En la norma final -programada para entrar en vigor una vez que se levante la política del Título 42- la administración no aborda ni soluciona de manera significativa los problemas de la prohibición que identificamos en el proceso de notificación y comentarios. En su lugar, utilizando la lógica circular, la administración desestima nuestras preocupaciones y redobla la aplicación ilegal de la prohibición”, dijo Crawford.
“Esta prohibición es una parodia que hará que las personas refugiadas LGBTQ (y otras) con solicitudes de asilo sólidas y meritorias sean devueltos a países donde serán perseguidos o asesinados”, añadió Crawford. “Al aplicar esta prohibición, en lugar de soluciones humanas que gestionen la frontera de forma eficaz y compasiva, el presidente Biden ha incumplido su promesa de proteger a los solicitantes de asilo LGBTQ”.
La Organización para el Refugio, el Asilo y la Migración trabaja con Jardín de las Mariposas, un albergue para personas migrantes LGBTQ e intersexuales en la ciudad fronteriza mexicana de Tijuana.
El director ejecutivo de ORAM, Steve Roth, dijo el miércoles que aunque su organización “está contenta de ver el fin del Título 42, una política ilegal de la era Trump, estamos profundamente preocupados por las nuevas barreras al asilo presentadas por la administración Biden. ”
“Las restricciones de asilo del presidente Biden tendrán consecuencias especialmente dañinas y peligrosas para las personas refugiadas y solicitantes de asilo LGBTIQ vulnerables, dejándolos en lugares donde su seguridad estará en riesgo”, dijo Roth. “Las nuevas políticas fronterizas de la administración continuarán negando a muchos refugiados LGBTIQ su derecho legal a buscar asilo en la frontera entre Estados Unidos y México”.
Echevarría-Caban dijo que las nuevas políticas “plantearán más obstáculos y, contrario a lo que se espera, aumentarán los retrasos en los tribunales de inmigración”.
“Nuestro gobierno debe entender que no podemos usar la ley nacional para armar los procedimientos de inmigración para evitar el cumplimiento de nuestras obligaciones internacionales o el debido proceso”, dijo al Blade. “El debido proceso es el núcleo de nuestro sistema legal, sin él, ¿quiénes somos como nación?”
La vicepresidenta Kamala Harris se encuentra entre los funcionarios de la administración que han reconocido públicamente que la violencia basada en la identidad de género y la orientación sexual es uno de los factores que impulsan a las personas LGBTQ e intersexuales a abandonar Guatemala y otros países centroamericanos.
Fuentes en Tijuana, Ciudad Juárez y otras ciudades fronterizas mexicanas han declarado esta semana al Blade que decenas de miles de migrantes han llegado a sus respectivas ciudades antes de que finalice el Título 42. No está claro cuántos de ellos se identifican como LGBTQ o intersexuales, pero la violencia en estas ciudades sigue siendo habitual. (El Departamento de Estado aconseja actualmente a los ciudadanos estadounidenses que no viajen al estado mexicano de Tamaulipas, en el que se encuentran las ciudades fronterizas de Matamoros y Reynosa, debido a “la delincuencia y los secuestros”. El Departamento de Estado también aconseja a los ciudadanos estadounidenses que reconsideren viajar a los estados mexicanos de Baja California, Sonora y Chihuahua -que limitan con California, Arizona, Nuevo México y Texas, respectivamente- debido a la “delincuencia y los secuestros”).
Paloma de los Ángeles Villegas Pacheco, directora de Trans Igualdad, una organización de derechos de los transexuales en Ciudad Juárez, dijo el martes al Blade que “hay desinformación” entre las personas migrantes LGBTQ e intersexuales que se encuentran en la ciudad.
“Piensan que van a poder acceder al proceso de asilo legal”, dijo Villegas. “Será más difícil para esas personas entrar (a EE.UU.) una vez que el Título 42 termine. El impacto será peor para ellas”.
Altagracia Tamayo es presidenta del Centro Comunitario de Bienestar Social (COBINA), un grupo que trabaja con personas LGBTQ e intersexuales y otros grupos vulnerables en Mexicali, una ciudad fronteriza mexicana que limita con Calexico, California, en el Valle Imperial de California.
Tamayo afirmó que aproximadamente una cuarta parte de los 600 migrantes que viven actualmente en los dos refugios que gestiona COBINA son LGBTQ. Tamayo, al igual que Villegas, dijo al Blade que hay “incertidumbre” en torno al fin del Título 42.
“El problema es que piensan que van a abrir las fronteras… piensan que los van a recibir”, dijo Tamayo. “El Título 8 va a imponer muchísimas restricciones”.
Un incendio destruyó un refugio COBINA en julio de 2021. Tamayo dijo al Blade que su organización lucha para mantener a los migrantes que viven en los dos refugios restantes del COBINA.
“El calor se acerca”, dijo. “No tenemos suficiente comida para darles tres comidas al día. Es uno de los problemas de tanta espera, durante tantos meses. Definitivamente es muy complicado”.
“Se acerca el calor”, dijo. (Las temperaturas de verano en Mexicali frecuentemente superan los 43°C) “No tenemos suficiente comida para darles tres comidas al día. Es uno de los problemas de tanta espera, de tantos meses. Definitivamente es muy complicado”.
Mayorkas: ‘lúcido’ ante los retos posteriores al Título 42
El miércoles, durante una conferencia de prensa en Washington, Mayorkas dijo que su agencia tiene “los ojos bien abiertos ante los retos a los que probablemente nos enfrentaremos en los próximos días y semanas, que tienen el potencial de ser muy difíciles.”
“Incluso después de casi dos años de preparación, esperamos ver un gran número de encuentros en nuestra frontera sur en los días y semanas posteriores al 11 de mayo”, dijo.
Mayorkas, no obstante, subrayó que el fin del Título 42 “no significa que nuestra frontera esté abierta”. También reiteró la política de inmigración de la administración Biden-Harris.
“Volveremos a procesar a las personas en nuestra frontera sur utilizando nuestras autoridades de inmigración en virtud del Título 8 del código de Estados Unidos”, dijo Mayorkas. “Nuestro enfoque general es construir vías legales para que la gente venga a Estados Unidos e imponer consecuencias más duras a quienes decidan no utilizar esas vías”.
“Estamos adoptando este enfoque dentro de las limitaciones de un sistema de inmigración roto que el Congreso no ha arreglado durante más de dos décadas y sin los recursos que necesitamos, personal, instalaciones, transporte y otros que hemos solicitado al Congreso y que no se nos han dado”, añadió.
Ecuador
Adolescentes trans en Ecuador podrán cambiar datos en su cédula, pero con condicionamientos
Pueden modificar el campo de género en su documento de identidad con requisitos
Por VICTOR H. CARREÑO | En una sentencia del 5 de febrero de 2026, la Corte Constitucional declaró inconstitucional el requisito legal de mayoría de edad para modificar el campo de sexo o género en la cédula de identidad y fija lineamientos para que adolescentes trans puedan cambiar estos datos.
El máximo organismo de control e interpretación constitucional incorpora dos requerimientos: que la persona adolescente se presente al procedimiento administrativo con sus padres y que informes psicosociales acrediten un grado de madurez.
El fallo resuelve una consulta de constitucionalidad de una unidad judicial que lleva una acción de protección contra el Registro Civil presentada por la familia de un adolescente trans que solicitó, en junio de 2023, modificar el campo de género en la cédula.
La institución se negó porque la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles establece que la rectificación de sexo o género es un procedimiento para personas mayores de 18 años.
El adolescente, cuya identidad se protege en la sentencia, cuenta con el apoyo de sus padres en su transición, que inició en 2020. En una audiencia, su madre expuso que si bien en el ámbito familiar y en el sistema educativo se respeta la identidad de su hijo, fuera de estos hay situaciones, como en consultas médicas en el Seguro Social, en que debe presentar la cédula de él y quienes la reciben preguntan si es el documento equivocado.
En el desarrollo de la sentencia, la Corte expone por qué el requisito de tener mayoría de edad para acceder a la modificación de datos en la cédula es inconstitucional.
Entre varios motivos, explica que restringe los derechos al libre desarrollo de la personalidad e identidad, que la edad no puede exigirse como “criterio determinante y único” para determinar la madurez de un adolescente, y que la medida puede generar impactos negativos en el bienestar psicológico y emocional.
Por ello, indica que existen mecanismos alternativos como la evaluación individualizada, el acompañamiento técnico y la consideración del contexto familiar.
En ese sentido, la Corte dispone al Registro Civil que debe proceder al cambio de los datos de adolescentes trans cuando acudan acompañades de sus representantes legales y con el respaldo de informes psicosociales.
Estos informes, agrega la sentencia, deben ser de profesionales acreditados o de órganos técnicos públicos competentes que sean considerados por el Registro Civil.
El fallo tiene efectos para este caso y otros similares. A diferencia de otras sentencias, la Corte no ordena una reforma a la legislación.
La organización Silueta X, que difundió el caso en un comunicado el 11 de marzo, calificó el fallo como histórico y explicó que este crea jurisprudencia de cumplimiento obligatorio.
🏳️⚧️🌈Un chico trans de 15 años le dijo al Estado ecuatoriano “yo sé quién soy”. Y la Corte Constitucional le dio la razón. 🏛️✊
Este fallo es nuestro. Es tuyo.
🔗 Lee la comunicado completa en nuestra bio.#DerechosTransEcuador #SiluetaX #CorteConstitucional #AdolescentesTrans pic.twitter.com/aXE4FU9VeS
— Asociación SILUETA 'X' (@SiluetaX) March 11, 2026
Sin embargo, otras organizaciones cuestionan los requisitos. Fundación Pakta indica que si bien la sentencia derriba la barrera etaria de la mayoría de edad, la inclusión de informes psicosociales contradice la tendencia global y regional hacia la despatologización.
Pakta menciona, por ejemplo, la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, instrumento que reconoce la identidad autopercebida de las personas y los derechos patrimoniales de parejas del mismo sexo.
El documento, recuerda Pakta en un comunicado, establece que para el reconocimiento de la identidad de género no se debe exigir certificados médicos ni psicológicos. Además, que la Organización Mundial de la Salud reconoció que la identidad trans no es una patología psiquiátrica.
Mientras que la activista Nua Fuentes, de Proyecto Transgénero, considera que los requisitos impuestos por la Corte pueden ser problemáticos. Menciona que frente al desconocimiento y prejuicios, profesionales de salud patologizan la identidad trans.
La Sentencia 4-24-CN/26 sobre la inconstitucionalidad de negar a adolescentes trans cambio de su sexo o género en la cédula es un acto que entreabre la puerta para los derechos, pero también sostiene algunas barreras y es problemático para adolescentes trans #Ecuador
Abro hilo🧵 pic.twitter.com/aKBUlmnU1A— Nua Elizabeth Fuentes Aguirre (@NuaEliz) March 11, 2026
Además, señala que puede haber casos de que la familia y psicólogos expresen rechazo a la identidad trans y limiten los derechos de adolescentes trans. O también menciona casos de abandono de niñes y adolescentes trans y pregunta cómo reconocer su identidad si no cumplen con el requisito de acudir sin representantes legales.
Los condicionamientos para el cambio del campo de sexo o género en la cédula para adolescentes trans marcan también una diferencia con el procedimiento en personas trans de más de 18 años, pues estas —desde las reformas vigentes en 2024— no deben presentar requisitos. Solo su declaración expresa de ser una persona trans que desea que los datos de su cédula estén conformes a su identidad de género.
La madurez de niñeces y adolescencias ha sido un tema abordado en convenciones o instrumentos internacionales. La Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU del 2009 es contundente al reconocerles como seres autónomos y capaces de formar sus propias opiniones a través de la experiencia, el entorno, las expectativas sociales y culturales.
Esta convención es mencionada en una sentencia de la Corte Constitucional en que reconoció la identidad de infancias y adolescencias trans en el sistema educativo.
En las Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño, documentos de interpretación para los alcances de la mencionada Convención, se explica que la madurez es “la capacidad de comprender y evaluar las consecuencias de un asunto determinado”, lo cual debe considerarse en relación con su capacidad individual, contextos, entornos, experiencias de vida y familiar, desarrollo psicológico y no únicamente con su edad biológica.
Además, que la edad cronológica no determina la evolución de las capacidades de las niñeces y adolescencias porque estas crecen a lo largo del tiempo.
Ecuador
Justicia reconoce delito de odio en caso de bullying en Instituto Nacional Mejía de Ecuador
Johana B se suicidó el 11 de abril de 2023
A casi tres años del suicidio de Johana B., quien estudió en el Instituto Nacional Mejía, colegio emblemático de Quito, el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia ratificó la condena para el alumno responsable del acoso escolar que la llevó a quitarse la vida.
Según información de la Fiscalía, el fallo de última instancia deja en firme la condena de cuatro años de internamiento en un centro para adolescentes infractores, en una audiencia de casación pedida por la defensa del agresor, tres meses antes de que prescriba el caso.
Con la sentencia, este caso es uno de los primeros en el país en reconocer actos de odio por violencia de género, delito tipificado en el artículo 177 del Código Orgánico Penal Integral (COIP).
El suicidio de Johana B. ocurrió el 11 abril de 2023 y fue consecuencia del acoso escolar por estereotipos de género que enfrentó la estudiante por parte de su agresor, quien constantemente la insultaba y agredía por su forma de vestir, llevar el cabello corto o practicar actividades que hace años se consideraban exclusivamente para hombres, como ser mando de la Banda de Paz en el Instituto Nacional Mejía.
Desde la muerte de Johana, su familia buscaba justicia. Su padre, José, en una entrevista concedida a edición cientonce para la investigación periodística Los suicidios que quedan en el clóset a causa de la omisión estatal afirmó que su hija era acosada por su compañero y otres estudiantes con apodos como “marimacha”, lo que también fue corroborado en los testimonios recogidos por la Unidad de Justicia Juvenil No. 4 de la Fiscalía.
Los resultados de la autopsia psicológica y del examen antropológico realizados tras la muerte de Johana confirmaron las versiones de sus compañeras y docentes: que su agresor la acosó de manera sistemática durante dos años. Los empujones, jalones de cabello o burlas, incluso por su situación económica, eran constantes en el aula de clase.
La violencia que recibió Johana escaló cuando su compañero le dio un codazo en la espalda ocasionándole una lesión que le imposibilitó caminar y asistir a clases.
Días después del hecho, la adolescente se quitó la vida en su casa, tras escuchar que la madre del agresor se negó a pagar la mitad del valor de una tomografía para determinar la lesión en su espalda, tal como lo había acordado previamente con sus padres y frente al personal del DECE (Departamento de Consejería Estudiantil del colegio), según versiones de su familia y la Fiscalía.
#AFONDO | Johana se suicidó el 11 de abril de 2023, tras ser víctima de acoso escolar por no cumplir con estereotipos femeninos 😢.
Dos semanas antes, uno de sus compañeros le dio un codazo en la espalda, ocasionándole una lesión que le imposibilitó caminar 🧵 pic.twitter.com/bXKUs9YYOm
— EdicionCientonce (@EdCientonce) September 3, 2025
“Era una chica linda, fuerte, alegre. Siempre nos llevamos muy bien, hemos compartido todo. Nos dejó muchos recuerdos y todos nos sentimos tristes; siempre estamos pensando en ella. Es un vacío tan grande aquí, en este lugar”, expresó José a Edición Cientonce el año pasado.
Para la fiscal del caso y de la Unidad de Justicia Juvenil de la Fiscalía, Martha Reino, el suicidio de la adolescente fue un agravante que se contempló durante la audiencia de juzgamiento de marzo de 2024, según explicó a este medio el año pasado. Desde entonces, la familia del agresor presentó un recurso de casación en la Corte Nacional de Justicia, que provocó la dilatación del proceso.
En el fallo de última instancia, el Tribunal también dispuso que el agresor pague $3.000 a la familia de Johana B. como reparación integral. Además, el adolescente deberá recibir medidas socioeducativas, de acuerdo al artículo 385 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, señala la Fiscalía.
El caso de Johana también destapó las omisiones y negligencias del personal del DECE y docentes del Instituto Nacional Mejía. En la etapa de instrucción fiscal se comprobó que no se aplicaron los protocolos respectivos para proteger a la víctima.
De hecho, la Fiscalía conoció el caso a raíz de la denuncia que presentó su padre, José, y no por el DECE, aseguró la fiscal el año pasado a Edición Cientonce.
Pese a estas omisiones presentadas en el proceso, el fallo de última instancia sólo ratificó la condena para el estudiante.
Honduras
Corte IDH reconoce a Thalía Rodríguez como familia social de Leonela Zelaya
Se construyeron una familia tras más de una década de convivencia
Por DORIS GONZÁLEZ * | TEGUCIGALPA, Honduras — En la sentencia del caso Leonela Zelaya y otra vs Honduras emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos se estableció un hito jurisprudencial para las personas LGBTQ en Honduras, así como en la región en relación a las diversas conformaciones de familias existentes. La Corte IDH interpretó por primera vez el concepto de familia social, indicando que la construcción de familia no debe restringirse a la familia nuclear o a nociones tradicionales, bajo el entendido de que hay diferentes formas en las que se materializan los vínculos familiares.
Este análisis se trae a colación debido al contexto de discriminación, prejuicio y violencia que atravesamos las personas LGBTQ, el cual se puede manifestar incluso dentro de nuestras propias familias. Esta violencia se manifiesta a través de actos de odio como ser el desarraigo familiar, violencia física, psicológica, social, económica, expulsiones de los hogares, violaciones correctivas e incluso, culminando en muertes violentas. Esta violencia motivada por la orientación sexual, identidad y expresión de género de las personas imposibilita la convivencia familiar.
Ante esto, las personas LGBTQ construimos vínculos sociales fuera del vínculo familiar tradicional, los cuales a través de la convivencia, amistad, apoyo económico-social y construcción de vida en común constituyen familias, tal como ocurrió en este caso.
Tras el abandono de su familia biológica, Leonela Zelaya y Thalía Rodríguez construyeron una familia tras más de una década de convivencia, en los cuales se apoyaron mutuamente en diversas situaciones, viviendo como mujeres trans, portadoras de VIH, ejerciendo el trabajo sexual y en situación de pobreza, enfrentando constantes episodios de detenciones arbitrarias y violentas por parte de los órganos policiales.
Tras su asesinato, fue Thalía quien recogió el cuerpo de Leonela en la morgue de Tegucigalpa y quien gestionó el féretro a través de la Funeraria del Pueblo. Los servicios fúnebres de Leonela Zelaya fueron realizados en un bar por mujeres trans, trabajadoras sexuales, al cual no asistió ningún miembro de su familia biológica.
El asesinato de Leonela y la falta de esclarecimiento generaron a Thalía un sentimiento de inseguridad, frustración e impotencia. Por estas violaciones de derechos humanos, la Corte reconoció a Thalía Rodríguez, en calidad de familiar de Leonela, como víctima del caso, generando estándares aplicables a todas las personas LGBTQ.
A juicio de la Corte, esta situación lleva a que, en casos de muertes violentas de mujeres trans, las personas que integren las redes de apoyo de la persona fallecida puedan ser declaradas víctimas por la violación de sus derechos a la integridad psíquica o moral, siempre que se acredite la existencia de un vínculo estrecho con la víctima y una afectación a sus derechos, derivada, por ejemplo, de las gestiones realizadas para obtener justicia. Esta sentencia logra reconocer que las personas LGBTQ construimos familias sociales, familias elegidas, e indica que estas deben ser reconocidas y validadas.
* Abogada litigante del caso Leonela Zelaya y otra vs Honduras, Red Lésbica Cattrachas
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