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El gobierno salvadoreño intensifica su lucha contra la ‘ideología de género’

Ministerio de educación se retiró material que pudiera relacionarse con el tema

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(Foto cortesia del Colectivo Alejandría)

SAN SALVADOR, El Salvador — En el transcurso del año 2024, países de América Latina han tomado medidas significativas para abordar la cuestión de la “ideología de género”, un término que ha generado controversia y debate en diversos sectores de la sociedad a nivel global.

“La ‘ideología de género’ es un instrumento político que utiliza generalmente los grupos conservadores asociados a las derechas políticas a nivel internacional, para hablar que los temas referentes a diversidad sexual, género y educación integral en sexualidad”, comenta al Washington Blade Gonzalo Montano, vocero del Movimiento Ampliado LGBT+ de El Salvador.

A finales de febrero del presente, el gobierno de Argentina dio aviso que, en toda la administración pública, quedaba prohibido la utilización del lenguaje inclusivo y la perspectiva de género, esto con el argumento de que “se ha utilizado como negocio de la política”. El ministro de Defensa, Luis Petri, incluso declaró “la obligatoriedad del idioma castellano, conforme a las normas de la Real Academia Española”, esto según él para “eliminar formas incorrectas del lenguaje”.

En El Salvador, el gobierno del presidente Nayib Bukele ha abordado la cuestión de la “ideología de género”, centrándose primero en prohibir temáticas que considera de este tipo en las escuelas, por esto en la Conferencia de Acción Política Conservadora en Estados Unidos mencionó que es “importante que el currículo no lleve esta ideología de género y todas estas cosas”, además que “los padres deben estar informados y tener voz y voto en lo que van a aprender sus hijos”.

Por ello el 28 de febrero José Mauricio Pineda, ministro de educación de El Salvador, envió un memorando para directores nacionales, de staff y departamentales de educación en donde les recordaba que desde 2022 se retiró todo material que pudiera relacionarse con la “ideología de género”. También agrega que debe cumplirse dicha orden “a fin de evitar medidas sancionatorias que puedan derivar en cese de funciones”.

El Ministerio de Educación en octubre del 2022 mandó a retiró todo material relacionado con educación sexual integral y prevención de violencia de género, esto después que grupos conservadores protestaran en redes sociales, ya que en las clases televisivas de Canal 10, canal del gobierno, se habló sobre el significado de “orientación sexual” a estudiantes de octavo grado. 

Erick Iván Ortiz, el gerente regional para el Global Equality Caucus, asegura al Blade que “tenemos casos, por ejemplo de chicas trans que están en su bachilleratos, el director de la escuela les ha dicho que tienen que cortarse el pelo porque no pueden llegar a clases así, porque el presidente ha dicho no quiere ideología de género en las escuelas”

El mismo 28 de febrero de acuerdo con personal del Ministerio de Salud esta entidad ordenó se removiera todo material que se relacionara con diversidad sexual y cambió los formularios en donde se podía especificar la orientación sexual e identidad de género de pacientes en las unidades de salud y las clínicas de Vigilancia Centinela y Control de las Infecciones de Transmisión Sexual.

En el pasado Bukele tuvo reuniones con grupos de mujeres en pro del aborto y con el movimiento LGBTQ, esto cuando portaba la bandera izquierdista y ostentaba por la alcaldía de la capital. Las acciones de su nuevo discurso pueden responder a “una crisis de la democracia liberal, también en última instancia de una crisis económica que viene arrastrándose desde el 2008” aclara Ortiz. 

“Necesitamos en este momento un nivel de organización por un trabajo coordinado entre las organizaciones defensoras de derechos humanos y particularmente las LGBTI para reconocer que el momento histórico en el que estamos es uno en el que los grupos reaccionarios y anti derechos nos estarán utilizando como chivos expiatorios por algún tiempo más, de cara a sus propios intereses políticos”, mantiene Ortiz. 

Ante esta situación las personas LGBTQ organizadas, junto a algunas organizaciones aliadas, conformaron el Movimiento Ampliado LGBT+ de El Salvador, el cual nace con el fin de unificar la luchas por la visibilidad de la problemática en el país contra la diversidad sexual, la cual mencionaron en un comunicado no cambiará los problemas en educación, salud, economía, medio ambiente y otros que puede tener el país. 

“Ningún ataque contra la diversidad sexual va a borar, y mucho menos solucionar estos problemas”, agregan en el comunicado. 

Aseguran en el mismo comunicado que entre los graves problemas sociales que enfrenta el país es el acoso por parte de Cuerpos de Agentes Metropolitanos a vendedoras ambulantes del Centro Histórico de San Salvador, de donde son excluidas de manera violenta, tal como se les excluye del sistema de salud y el currículo educativo. 

“Las medidas recientes no van a anular nuestra existencia, pero si legitiman estigmas y odio en nuestra contra”, agregan. 

“Ya veníamos viendo de alguna manera ciertos matices que nos estaban generando alerta desde el año 2019”, comenta Karla Guevara, vocera del Movimiento Ampliado LGBT+ de El Salvador, esto debido al cierre de la Secretaria de Inclusión Social, con ella la invisibilización y posterior desaparición de la Dirección de Diversidad Sexual, además de desechar el Decreto Ejecutivo 56 que prohibía cualquier tipo de discriminación por orientación sexual o identidad de género en todo oficina gubernamental. 

También se tenían mesas de trabajo en ministerios como el de trabajo y justicia, además de la fiscalía y otras entidades, pero desde la llevada del gobierno de Bukele, todo este trabajo que se había logrado quedó anulado. 

Ante un escenario desalentador

El pasado 7 de marzo, en el marco del Día Internacional de la Mujer, la Embajada de Estados Unidos en El Salvador, lanzó el primer Instituto de Investigación de Violencia Basada en Género del país; el cual, de acuerdo con su publicación en redes sociales, será un espacio para generar información sobre agresiones contra las mujeres y población LGBTQ.

Han creado un repositorio en el que se encuentran investigaciones previas sobre la temática, realizada por el IVG, también realizaran actividades de formación dirigidas a instituciones gubernamentales, organizaciones de sociedad civil y población universataria, para fortalecer conocimientos respecto a la temática. 

El embajador para Estados Unidos en El Salvador, William Duncan, mencionó durante el lanzamiento que para el gobierno norteamericano es una prioridad este tipo de trabajo, no solo porque todo ciudadano tenga derecho a las mismas oportunidades sino porque el futuro del país depende de alcanzar una verdadera equidad de género. 

“Si El Salvador quiere alcanzar sus metas de prosperidad y dearrollo económico, no puede tener a la mitad de su población viviendo en desventaja y miedo”, declaró en conferencia. 

Como referente en Latinoamérica, Ortiz comenta que “como Global Equality Caucus continuaremos trabajando en el fortalecimiento de nuestra red de trabajo en América Latina, desarrollando aprendizajes de aquellas experiencias que nos permitan maximizar los impactos y poder articular de mejor manera nuestras iniciativas”. 

Las organizaciones LGBTQ por su parte continúan trabajando desde una manera aún mas contralora de la situación actual, proporcionando los servicios que ya se brindan desde sus espacios a la población LGBTQ usuaria, además de seguir con talleres de formación y empoderamiento de en derechos humanos. 

“Las organizaciones estamos abiertas al diálogo, pero si estos espacios no se dan o se cierran, nos queda tomar otras acciones, como salir a marchar, obviamente exigir los derechos humanos que prácticamente se nos están violentando”, enfatiza Guevara.

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Ecuador

Adolescentes trans en Ecuador podrán cambiar datos en su cédula, pero con condicionamientos

Pueden modificar el campo de género en su documento de identidad con requisitos

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Edición Cientonce es el socio mediático del Washington Blade en Ecuador. Esta nota salió en su sitio web el 12 de marzo.

Por VICTOR H. CARREÑO | En una sentencia del 5 de febrero de 2026, la Corte Constitucional declaró inconstitucional el requisito legal de mayoría de edad para modificar el campo de sexo o género en la cédula de identidad y fija lineamientos para que adolescentes trans puedan cambiar estos datos.

El máximo organismo de control e interpretación constitucional incorpora dos requerimientos: que la persona adolescente se presente al procedimiento administrativo con sus padres y que informes psicosociales acrediten un grado de madurez.

El fallo resuelve una consulta de constitucionalidad de una unidad judicial que lleva una acción de protección contra el Registro Civil presentada por la familia de un adolescente trans que solicitó, en junio de 2023, modificar el campo de género en la cédula.

La institución se negó porque la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles establece que la rectificación de sexo o género es un procedimiento para personas mayores de 18 años.

El adolescente, cuya identidad se protege en la sentencia, cuenta con el apoyo de sus padres en su transición, que inició en 2020. En una audiencia, su madre expuso que si bien en el ámbito familiar y en el sistema educativo se respeta la identidad de su hijo, fuera de estos hay situaciones, como en consultas médicas en el Seguro Social, en que debe presentar la cédula de él y quienes la reciben preguntan si es el documento equivocado.

En el desarrollo de la sentencia, la Corte expone por qué el requisito de tener mayoría de edad para acceder a la modificación de datos en la cédula es inconstitucional.

Entre varios motivos, explica que restringe los derechos al libre desarrollo de la personalidad e identidad, que la edad no puede exigirse como “criterio determinante y único” para determinar la madurez de un adolescente, y que la medida puede generar impactos negativos en el bienestar psicológico y emocional.

Por ello, indica que existen mecanismos alternativos como la evaluación individualizada, el acompañamiento técnico y la consideración del contexto familiar.

En ese sentido, la Corte dispone al Registro Civil que debe proceder al cambio de los datos de adolescentes trans cuando acudan acompañades de sus representantes legales y con el respaldo de informes psicosociales.

Estos informes, agrega la sentencia, deben ser de profesionales acreditados o de órganos técnicos públicos competentes que sean considerados por el Registro Civil.

El fallo tiene efectos para este caso y otros similares. A diferencia de otras sentencias, la Corte no ordena una reforma a la legislación.

La organización Silueta X, que difundió el caso en un comunicado el 11 de marzo, calificó el fallo como histórico y explicó que este crea jurisprudencia de cumplimiento obligatorio.

Sin embargo, otras organizaciones cuestionan los requisitos. Fundación Pakta indica que si bien la sentencia derriba la barrera etaria de la mayoría de edad, la inclusión de informes psicosociales contradice la tendencia global y regional hacia la despatologización.

Pakta menciona, por ejemplo, la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, instrumento que reconoce la identidad autopercebida de las personas y los derechos patrimoniales de parejas del mismo sexo.

El documento, recuerda Pakta en un comunicado, establece que para el reconocimiento de la identidad de género no se debe exigir certificados médicos ni psicológicos. Además, que la Organización Mundial de la Salud reconoció que la identidad trans no es una patología psiquiátrica.

Mientras que la activista Nua Fuentes, de Proyecto Transgénero, considera que los requisitos impuestos por la Corte pueden ser problemáticos. Menciona que frente al desconocimiento y prejuicios, profesionales de salud patologizan la identidad trans.

Además, señala que puede haber casos de que la familia y psicólogos expresen rechazo a la identidad trans y limiten los derechos de adolescentes trans. O también menciona casos de abandono de niñes y adolescentes trans y pregunta cómo reconocer su identidad si no cumplen con el requisito de acudir sin representantes legales.

Los condicionamientos para el cambio del campo de sexo o género en la cédula para adolescentes trans marcan también una diferencia con el procedimiento en personas trans de más de 18 años, pues estas —desde las reformas vigentes en 2024— no deben presentar requisitos. Solo su declaración expresa de ser una persona trans que desea que los datos de su cédula estén conformes a su identidad de género.

La madurez de niñeces y adolescencias ha sido un tema abordado en convenciones o instrumentos internacionales. La Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU del 2009 es contundente al reconocerles como seres autónomos y capaces de formar sus propias opiniones a través de la experiencia, el entorno, las expectativas sociales y culturales.

Esta convención es mencionada en una sentencia de la Corte Constitucional en que reconoció la identidad de infancias y adolescencias trans en el sistema educativo.

En las Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño, documentos de interpretación para los alcances de la mencionada Convención, se explica que la madurez es “la capacidad de comprender y evaluar las consecuencias de un asunto determinado”, lo cual debe considerarse en relación con su capacidad individual, contextos, entornos, experiencias de vida y familiar, desarrollo psicológico y no únicamente con su edad biológica.

Además, que la edad cronológica no determina la evolución de las capacidades de las niñeces y adolescencias porque estas crecen a lo largo del tiempo.

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Ecuador

Justicia reconoce delito de odio en caso de bullying en Instituto Nacional Mejía de Ecuador

Johana B se suicidó el 11 de abril de 2023

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(Imagen de cortesía)

Edición Cientonce es el socio mediático del Washington Blade en Ecuador. Esta nota salió en su sitio web el 9 de febrero.

A casi tres años del suicidio de Johana B., quien estudió en el Instituto Nacional Mejía, colegio emblemático de Quito, el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia ratificó la condena para el alumno responsable del acoso escolar que la llevó a quitarse la vida.

Según información de la Fiscalía, el fallo de última instancia deja en firme la condena de cuatro años de internamiento en un centro para adolescentes infractores, en una audiencia de casación pedida por la defensa del agresor, tres meses antes de que prescriba el caso. 

Con la sentencia, este caso es uno de los primeros en el país en reconocer actos de odio por violencia de género, delito tipificado en el artículo 177 del Código Orgánico Penal Integral (COIP).

El suicidio de Johana B. ocurrió el 11 abril de 2023 y fue consecuencia del acoso escolar por estereotipos de género que enfrentó la estudiante por parte de su agresor, quien constantemente la insultaba y agredía por su forma de vestir, llevar el cabello corto o practicar actividades que hace años se consideraban exclusivamente para hombres, como ser mando de la Banda de Paz en el Instituto Nacional Mejía.

Desde la muerte de Johana, su familia buscaba justicia. Su padre, José, en una entrevista concedida a edición cientonce para la investigación periodística Los suicidios que quedan en el clóset a causa de la omisión estatal afirmó que su hija era acosada por su compañero y otres estudiantes con apodos como “marimacha”, lo que también fue corroborado en  los testimonios recogidos por la Unidad de Justicia Juvenil No. 4 de la Fiscalía. 

Los resultados de la autopsia psicológica y del examen antropológico realizados tras la muerte de Johana confirmaron las versiones de sus compañeras y docentes: que su agresor la acosó de manera sistemática durante dos años. Los empujones, jalones de cabello o burlas, incluso por su situación económica, eran constantes en el aula de clase. 

La violencia que recibió Johana escaló cuando su compañero le dio un codazo en la espalda ocasionándole una lesión que le imposibilitó caminar y asistir a clases.

Días después del hecho, la adolescente se quitó la vida en su casa, tras escuchar que la madre del agresor se negó a pagar la mitad del valor de una tomografía para determinar la lesión en su espalda, tal como lo había acordado previamente con sus padres y frente al personal del DECE (Departamento de Consejería Estudiantil del colegio), según versiones de su familia y la Fiscalía.

“Era una chica linda, fuerte, alegre. Siempre nos llevamos muy bien, hemos compartido todo. Nos dejó muchos recuerdos y todos nos sentimos tristes; siempre estamos pensando en ella. Es un vacío tan grande aquí, en este lugar”, expresó José a Edición Cientonce el año pasado. 

Para la fiscal del caso y de la Unidad de Justicia Juvenil de la Fiscalía, Martha Reino, el suicidio de la adolescente fue un agravante que se contempló durante la audiencia de juzgamiento de marzo de 2024, según explicó a este medio el año pasado. Desde entonces, la familia del agresor presentó un recurso de casación en la Corte Nacional de Justicia, que provocó la dilatación del proceso. 

En el fallo de última instancia, el Tribunal también dispuso que el agresor pague $3.000 a la familia de Johana B. como reparación integral. Además, el adolescente deberá recibir medidas socioeducativas, de acuerdo al artículo 385 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, señala la Fiscalía.

El caso de Johana también destapó las omisiones y negligencias del personal del DECE y docentes del Instituto Nacional Mejía. En la etapa de instrucción fiscal se comprobó que no se aplicaron los protocolos respectivos para proteger a la víctima.

De hecho, la Fiscalía conoció el caso a raíz de la denuncia que presentó su padre, José, y no por el DECE, aseguró la fiscal el año pasado a Edición Cientonce.

Pese a estas omisiones presentadas en el proceso, el fallo de última instancia sólo ratificó la condena para el estudiante.

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Honduras

Corte IDH reconoce a Thalía Rodríguez como familia social de Leonela Zelaya

Se construyeron una familia tras más de una década de convivencia

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(Captura de pantalla de Reportar sin Miedo)

Reportar sin Miedo es el socio mediático del Washington Blade en Honduras. Esta nota salió en su sitio web el 19 de enero.

Por DORIS GONZÁLEZ * | TEGUCIGALPA, Honduras — En la sentencia del caso Leonela Zelaya y otra vs Honduras emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos se estableció un hito jurisprudencial para las personas LGBTQ en Honduras, así como en la región en relación a las diversas conformaciones de familias existentes. La Corte IDH interpretó por primera vez el concepto de familia social, indicando que la construcción de familia no debe restringirse a la familia nuclear o a nociones tradicionales, bajo el entendido de que hay diferentes formas en las que se materializan los vínculos familiares.

Este análisis se trae a colación debido al contexto de discriminación, prejuicio y violencia que atravesamos las personas LGBTQ, el cual se puede manifestar incluso dentro de nuestras propias familias. Esta violencia se manifiesta a través de actos de odio como ser el desarraigo familiar, violencia física, psicológica, social, económica, expulsiones de los hogares, violaciones correctivas e incluso, culminando en muertes violentas. Esta violencia motivada por la orientación sexual, identidad y expresión de género de las personas imposibilita la convivencia familiar.

Ante esto, las personas LGBTQ construimos vínculos sociales fuera del vínculo familiar tradicional, los cuales a través de la convivencia, amistad, apoyo económico-social y construcción de vida en común constituyen familias, tal como ocurrió en este caso.

Tras el abandono de su familia biológica, Leonela Zelaya y Thalía Rodríguez construyeron una familia tras más de una década de convivencia, en los cuales se apoyaron mutuamente en diversas situaciones, viviendo como mujeres trans, portadoras de VIH, ejerciendo el trabajo sexual y en situación de pobreza, enfrentando constantes episodios de detenciones arbitrarias y violentas por parte de los órganos policiales.

Tras su asesinato, fue Thalía quien recogió el cuerpo de Leonela en la morgue de Tegucigalpa y quien gestionó el féretro a través de la Funeraria del Pueblo. Los servicios fúnebres de Leonela Zelaya fueron realizados en un bar por mujeres trans, trabajadoras sexuales, al cual no asistió ningún miembro de su familia biológica.

El asesinato de Leonela y la falta de esclarecimiento generaron a Thalía un sentimiento de inseguridad, frustración e impotencia. Por estas violaciones de derechos humanos, la Corte reconoció a Thalía Rodríguez, en calidad de familiar de Leonela, como víctima del caso, generando estándares aplicables a todas las personas LGBTQ.

A juicio de la Corte, esta situación lleva a que, en casos de muertes violentas de mujeres trans, las personas que integren las redes de apoyo de la persona fallecida puedan ser declaradas víctimas por la violación de sus derechos a la integridad psíquica o moral, siempre que se acredite la existencia de un vínculo estrecho con la víctima y una afectación a sus derechos, derivada, por ejemplo, de las gestiones realizadas para obtener justicia. Esta sentencia logra reconocer que las personas LGBTQ construimos familias sociales, familias elegidas, e indica que estas deben ser reconocidas y validadas.


* Abogada litigante del caso Leonela Zelaya y otra vs Honduras, Red Lésbica Cattrachas

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