Noticias en Español
Tremenda Nota, otra revista que no puede leerse en Cuba
El gobierno cubano bloqueó el sitio web del medio socio del Blade

Nota del editor: Tremenda Nota es el medio colega del Washington Blade en Cuba. Esa nota salió en el sitio web de Tremenda Nota el 14 de septiembre.
A poco más de un año de su fundación, en diciembre de 2017, Tremenda Nota fue censurada en Cuba. El sitio web de la revista fue bloqueado en febrero, poco antes del referéndum constitucional que concluyó con la proclamación de una nueva Carta Magna.
Esta censura, que dura hasta hoy, coincidió con la publicación de un artículo que revelaba una encuesta oficial cuyos resultados contradecían las razones presentadas por el Parlamento cubano para postergar la aprobación del matrimonio igualitario.
Tremenda Nota es la primera revista digital cubana que cubre exclusivamente historias de mujeres, comunidad LGBTI+, afrodescendientes, migrantes y discriminación. El acoso contra periodistas de nuestro medio también significa silenciar a estos grupos.
Desde su fundación, periodistas, editores y colaboradores han sufrido el hostigamiento de la Seguridad del Estado cubano. Miembros del equipo han sido arrestados, interrogados y amenazados. En algunos casos, oficiales de la policía han destruido los materiales obtenidos durante el reporteo y han decomisado sus equipos de trabajo.
Este acoso se incrementó después de la marcha LGBTI+ independiente realizada en La Habana el 11 de mayo de 2019, cubierta in situ por un equipo de la revista.
El aumento de estos ataques desde mediados del año pasado provocó que al menos siete reporteros de Tremenda Nota salieran de la Isla y se reubicaran temporal o definitivamente en el extranjero.
Uno de ellos, Yariel Valdés González, se mantiene detenido en Estados Unidos desde marzo de 2019 por solicitar asilo político a las autoridades migratorias de ese país.
El fotorreportero, que también ha colaborado con el periódico Washington Blade, el medio colega de Tremenda Nota en Estados Unidos, fue citado y amenazado por la Seguridad del Estado cubana al menos en tres ocasiones durante su último semestre en Cuba.
A Valdés González también se le prohibió la salida del país. Solo consiguió dejar la Isla después de garantizar a un dos oficiales de la Seguridad del Estado que no regresaría.
Aunque posee evidencias de la persecución sufrida en Cuba, las autoridades migratorias norteamericanas han prolongado sin justificación el proceso de asilo de Yariel Valdés González, que debe comparecer por tercera vez ante un juez el 18 de septiembre.
A Tremenda Nota le preocupa profundamente que un reportero procedente de Cuba y colaborador habitual de publicaciones LGBTI+ haya permanecido hasta ahora por cinco meses sin libertad por solicitar protección a causa del acoso recibido en el ejercicio de su trabajo.
Al menos dos periodistas y un editor relacionados con Tremenda Nota han necesitado tratamiento psicológico desde 2018 por sufrir estrés postraumático a causa de los arrestos, los interrogatorios y la vigilancia que han enfrentado.
La mayoría de estos hechos no se han hecho públicos a petición de los propios afectados, sobre todo aquellos que permanecen en la Isla y están expuestos a la presión contra el periodismo independiente.
El miércoles 11 de septiembre el periodista Roberto de Jesús Quiñones Haces, reportero de Cubanet, fue conducido a una prisión de Guantánamo y se convirtió así en el primer periodista procesado en Cuba durante los últimos años.
Sin garantías de imparcialidad, Quiñones resultó condenado a un año de prisión y “trabajo correccional” por el delito de “desacato”, una figura penal usada a menudo contra activistas civiles y opositores políticos.
Este encarcelamiento parece anunciar un punto de giro en la actitud del gobierno hacia el periodismo independiente. Desde la Primavera Negra en en la Isla solo se habían reportado detenciones arbitrarias de periodistas independientes durante cortos o medianos períodos de duración.
El proceso contra Quiñones, junto a las advertencias oficiales hechas a otros colegas para que dejen de trabajar, acentúa el peligro de reportear en Cuba para cualquier periodista que asuma el oficio con perspectiva independiente.
El acoso contra Tremenda Nota parece, por su duración y alcance, una estrategia integral para provocar la desaparición de la revista. Semejantes ataques sistemáticos sufren otras publicaciones de la prensa cubana que el gobierno no puede controlar.
En el caso de una revista de mujeres, afrodescendientes y personas LGBTI+, la estrategia del gobierno supone aumentar la desventaja de estos grupos marginalizados, a los que se niega la libertad de expresión y el acceso a la información.
Esta política contradice el discurso oficial sobre la construcción de un país incluyente. Saca del debate a algunas voces que el propio gobierno se ha comprometido a respaldar solo porque hablan desde una plataforma fuera del control de las autoridades.
Las acciones del gobierno contra Tremenda Nota se conecta, inevitablemente, con la homofobia, la transfobia y el tono patriarcal de la Revolución Cubana.
Aun cuando no exista ninguna garantía para el ejercicio del periodismo independiente en Cuba, Tremenda Nota va a seguir escribiendo, filmando historias de mujeres, personas LGBTI+, migrantes, afrodescendientes y otros grupos marginalizados por el discurso, la historia o el poder.
Noticias en Español
La X vuelve al tribunal
Primer Circuito examina caso del reconocimiento de personas no binarias en Puerto Rico
Hace ocho meses escribí sobre este tema cuando todavía no había llegado al nivel judicial en el que se encuentra hoy. En ese momento, la discusión se movía entre decisiones administrativas, debates públicos y resistencias políticas. No era un asunto cerrado, pero tampoco había alcanzado el punto actual.
Hoy el escenario es distinto.
La organización Lambda Legal compareció ante el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito en Boston para solicitar que se confirme una decisión que obliga al gobierno de Puerto Rico a emitir certificados de nacimiento que reflejen la identidad de las personas no binarias. La apelación se produce luego de que un tribunal de distrito concluyera que negar esa posibilidad constituye una violación a la Constitución de Estados Unidos.
Este elemento marca la diferencia. Ya no se trata de una discusión conceptual. Existe una determinación judicial que identificó un trato desigual.
El planteamiento de la parte demandante se sostiene en el propio marco legal vigente en Puerto Rico. Los certificados de nacimiento de identidad no son registros históricos inmutables. Son documentos utilizados para fines actuales y esenciales. Permiten acceder a empleo, educación y servicios, y son requeridos en múltiples gestiones ante el Estado. Su función es operativa.
En ese contexto, la exclusión de las personas no binarias no responde a una limitación jurídica. Puerto Rico permite la corrección de marcadores de género en certificados de nacimiento para personas trans binarias desde el caso Arroyo González v. Rosselló Nevares. Además, el Código Civil reconoce la existencia de certificados que reflejan la identidad de la persona más allá del registro original.
La diferencia radica en la aplicación.
El reconocimiento se concede dentro de categorías específicas, mientras que se excluye a quienes no se identifican dentro de ese esquema. Esa exclusión es el eje de la controversia actual.
El argumento presentado por Lambda Legal es preciso. Obligar a una persona a utilizar documentos que no reflejan su identidad implica someterla a una representación incorrecta en procesos fundamentales de la vida cotidiana. Esto puede generar dificultades prácticas, exposición innecesaria y situaciones de vulnerabilidad.
Las personas demandantes, nacidas en Puerto Rico, han planteado que el acceso a documentos precisos no es una cuestión simbólica, sino una necesidad básica para poder desenvolverse sin contradicciones impuestas por el propio Estado.
El hecho de que este caso se encuentre en el sistema federal introduce una dimensión adicional. No se trata de un proyecto legislativo ni de una política pública en discusión. Es una controversia constitucional. El análisis gira en torno a derechos y a la aplicación equitativa de las leyes.
Este proceso tampoco ocurre en aislamiento.
Se desarrolla en un contexto donde los debates sobre identidad y derechos han estado marcados por una mayor presencia de posturas conservadoras en la esfera pública, tanto en Estados Unidos como en Puerto Rico. En el ámbito local, esa influencia ha sido visible en discusiones legislativas recientes, donde argumentos de carácter religioso han comenzado a formar parte del debate sobre política pública. Esa intersección introduce tensiones en torno a la separación entre iglesia y Estado y tiene efectos concretos en el acceso a derechos.
Señalar este contexto no implica cuestionar la fe ni la práctica religiosa. Implica reconocer que, cuando determinados argumentos se trasladan al ejercicio del poder público, pueden incidir en decisiones que afectan a sectores específicos de la población.
Desde Puerto Rico, esta situación no se observa a distancia. Se experimenta en la práctica diaria. En la necesidad de presentar documentos que no corresponden con la identidad de quien los porta. En las implicaciones que esto tiene en espacios laborales, educativos y administrativos.
El avance de este caso abre una posibilidad de cambio en el marco legal aplicable. No porque resuelva de inmediato todas las tensiones en torno al tema, sino porque establece un punto de análisis jurídico sobre una práctica que hasta ahora ha operado bajo criterios restrictivos.
A diferencia de hace ocho meses, el escenario actual incluye una determinación judicial que ya identificó una violación de derechos. Lo que corresponde ahora es evaluar si esa determinación se sostiene en una instancia superior.
Ese proceso no define un resultado inmediato, pero sí establece un nuevo punto de referencia.
El debate ya no es teórico.
Ahora es judicial.
Cuba
Cuba bajo presión y sin respuestas
Cubanos no hablan en términos geopolíticos. Hablan de sobrevivir
Las tensiones entre Estados Unidos y Cuba han vuelto a subir de tono. No es algo nuevo, pero este momento se siente distinto. Las medidas más recientes desde Washington buscan cerrar aún más los espacios financieros del gobierno cubano, limitar sus fuentes de ingreso y presionar sectores clave de la economía. No es simbólico. Es una política directa.
Desde Estados Unidos, el mensaje es claro. Se busca provocar cambios que no han ocurrido en más de seis décadas. También hay un componente interno, una presión política que responde a sectores del exilio que llevan años exigiendo una postura más dura. Todo eso forma parte del escenario.
Pero esa es solo una parte.
Del lado cubano, la respuesta sigue un patrón conocido. El gobierno habla de agresión externa, de guerra económica, de un embargo que se endurece. Cada medida se convierte en argumento para reforzar su narrativa y cerrar filas. No hay espacio para reconocer errores propios. Todo apunta hacia afuera.
Mientras tanto, la vida en la isla va por otro camino.
La crisis energética que hoy vive Cuba no empezó con estas medidas. Lleva años acumulándose. El sistema eléctrico está deteriorado, sin mantenimiento suficiente, con fallas constantes. Los apagones no son nuevos. Lo que ha cambiado es la frecuencia y la duración.
Durante años entró petróleo a Cuba, especialmente desde Venezuela. Hubo acuerdos. Hubo suministro. Y aun así, la vida del cubano no mejoró. La electricidad seguía fallando, el combustible seguía racionado, el transporte seguía siendo un problema diario.
Entonces la pregunta sigue siendo la misma.
Si el petróleo estaba entrando, ¿por qué nada cambiaba?
¿Dónde fue a parar ese recurso?
¿Dónde está el dinero que generó?
Hoy se habla de restricciones al petróleo como si fueran la causa principal de la crisis. No lo son. Empeoran una situación ya frágil, pero no la explican completamente.
Hay una historia más larga que no se puede ignorar.
Lo mismo ocurre con las brigadas médicas.
Durante años se presentaron como un gesto de solidaridad internacional. Y en muchos casos lo fueron. Médicos cubanos trabajaron en condiciones difíciles, salvaron vidas, sostuvieron sistemas de salud en otros países. Eso es real.
Pero también funcionaron como una de las principales fuentes de ingreso del Estado cubano.
Muchos de esos profesionales no recibían el salario completo por su trabajo. Una parte significativa quedaba en manos del gobierno. En algunos casos, ni siquiera tenían control sobre el dinero que generaban.
Y hay algo más duro.
Si uno de esos médicos decidía no regresar a Cuba, ese dinero no llegaba a su familia. Se quedaba retenido.
Hoy varios países están revisando o cancelando esos acuerdos. Y otra vez, la respuesta oficial es señalar hacia afuera. Pero la pregunta sigue siendo inevitable.
¿Se está perdiendo un modelo de cooperación o un sistema que dependía del control sobre sus propios profesionales?
Dentro de Cuba, la conversación suena diferente.
La gente no habla en términos geopolíticos. Habla de sobrevivir. De cómo llegar al final del día. De los apagones, de la comida que no alcanza, del transporte que no aparece, de una vida que cada vez se hace más difícil.
Hay quienes miran las medidas de Estados Unidos con cierta expectativa. No porque quieran más escasez, sino porque sienten que el sistema no cambia por sí solo. Hay una sensación de estancamiento que pesa.
Pero esa expectativa convive con una realidad concreta.
Las sanciones no golpean primero a quienes toman decisiones. Golpean al ciudadano común. Al que hace la fila. Al que pierde la comida por falta de electricidad. Al que no tiene cómo moverse.
Esa es la contradicción.
El gobierno cubano pide solidaridad internacional. Y la recibe. Países que envían ayuda, organizaciones que se movilizan, voces que defienden a la isla.
Pero hay otra pregunta que también está ahí.
¿Esa ayuda llega realmente al pueblo?
La falta de transparencia en la distribución de recursos es parte del problema. Porque no se trata solo de lo que entra, sino de lo que realmente llega a quienes lo necesitan.
Reducir lo que pasa en Cuba a un conflicto entre dos gobiernos es no querer ver el cuadro completo.
Aquí hay responsabilidades compartidas, pero no iguales.
Estados Unidos ejerce presión con efectos reales sobre la economía cubana. Eso no se puede negar. Pero dentro de la isla hay un sistema que ha tenido décadas para corregir, para abrir, para responder a su gente, y no lo ha hecho.
Esa parte no se puede seguir esquivando.
Yo escribo esto como cubano. Desde lo que vi, desde lo que viví y desde la gente que sigue allá tratando de resolver el día.
Porque al final, más allá de lo que se diga entre gobiernos, la realidad es otra.
Cuba hoy está más apretada, sí. Pero también lleva años arrastrando problemas que nadie ha querido enfrentar de verdad.
Y mientras eso siga así, da igual lo que venga de afuera. El problema sigue estando adentro.
Ecuador
Adolescentes trans en Ecuador podrán cambiar datos en su cédula, pero con condicionamientos
Pueden modificar el campo de género en su documento de identidad con requisitos
Por VICTOR H. CARREÑO | En una sentencia del 5 de febrero de 2026, la Corte Constitucional declaró inconstitucional el requisito legal de mayoría de edad para modificar el campo de sexo o género en la cédula de identidad y fija lineamientos para que adolescentes trans puedan cambiar estos datos.
El máximo organismo de control e interpretación constitucional incorpora dos requerimientos: que la persona adolescente se presente al procedimiento administrativo con sus padres y que informes psicosociales acrediten un grado de madurez.
El fallo resuelve una consulta de constitucionalidad de una unidad judicial que lleva una acción de protección contra el Registro Civil presentada por la familia de un adolescente trans que solicitó, en junio de 2023, modificar el campo de género en la cédula.
La institución se negó porque la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles establece que la rectificación de sexo o género es un procedimiento para personas mayores de 18 años.
El adolescente, cuya identidad se protege en la sentencia, cuenta con el apoyo de sus padres en su transición, que inició en 2020. En una audiencia, su madre expuso que si bien en el ámbito familiar y en el sistema educativo se respeta la identidad de su hijo, fuera de estos hay situaciones, como en consultas médicas en el Seguro Social, en que debe presentar la cédula de él y quienes la reciben preguntan si es el documento equivocado.
En el desarrollo de la sentencia, la Corte expone por qué el requisito de tener mayoría de edad para acceder a la modificación de datos en la cédula es inconstitucional.
Entre varios motivos, explica que restringe los derechos al libre desarrollo de la personalidad e identidad, que la edad no puede exigirse como “criterio determinante y único” para determinar la madurez de un adolescente, y que la medida puede generar impactos negativos en el bienestar psicológico y emocional.
Por ello, indica que existen mecanismos alternativos como la evaluación individualizada, el acompañamiento técnico y la consideración del contexto familiar.
En ese sentido, la Corte dispone al Registro Civil que debe proceder al cambio de los datos de adolescentes trans cuando acudan acompañades de sus representantes legales y con el respaldo de informes psicosociales.
Estos informes, agrega la sentencia, deben ser de profesionales acreditados o de órganos técnicos públicos competentes que sean considerados por el Registro Civil.
El fallo tiene efectos para este caso y otros similares. A diferencia de otras sentencias, la Corte no ordena una reforma a la legislación.
La organización Silueta X, que difundió el caso en un comunicado el 11 de marzo, calificó el fallo como histórico y explicó que este crea jurisprudencia de cumplimiento obligatorio.
🏳️⚧️🌈Un chico trans de 15 años le dijo al Estado ecuatoriano “yo sé quién soy”. Y la Corte Constitucional le dio la razón. 🏛️✊
Este fallo es nuestro. Es tuyo.
🔗 Lee la comunicado completa en nuestra bio.#DerechosTransEcuador #SiluetaX #CorteConstitucional #AdolescentesTrans pic.twitter.com/aXE4FU9VeS
— Asociación SILUETA 'X' (@SiluetaX) March 11, 2026
Sin embargo, otras organizaciones cuestionan los requisitos. Fundación Pakta indica que si bien la sentencia derriba la barrera etaria de la mayoría de edad, la inclusión de informes psicosociales contradice la tendencia global y regional hacia la despatologización.
Pakta menciona, por ejemplo, la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, instrumento que reconoce la identidad autopercebida de las personas y los derechos patrimoniales de parejas del mismo sexo.
El documento, recuerda Pakta en un comunicado, establece que para el reconocimiento de la identidad de género no se debe exigir certificados médicos ni psicológicos. Además, que la Organización Mundial de la Salud reconoció que la identidad trans no es una patología psiquiátrica.
Mientras que la activista Nua Fuentes, de Proyecto Transgénero, considera que los requisitos impuestos por la Corte pueden ser problemáticos. Menciona que frente al desconocimiento y prejuicios, profesionales de salud patologizan la identidad trans.
La Sentencia 4-24-CN/26 sobre la inconstitucionalidad de negar a adolescentes trans cambio de su sexo o género en la cédula es un acto que entreabre la puerta para los derechos, pero también sostiene algunas barreras y es problemático para adolescentes trans #Ecuador
Abro hilo🧵 pic.twitter.com/aKBUlmnU1A— Nua Elizabeth Fuentes Aguirre (@NuaEliz) March 11, 2026
Además, señala que puede haber casos de que la familia y psicólogos expresen rechazo a la identidad trans y limiten los derechos de adolescentes trans. O también menciona casos de abandono de niñes y adolescentes trans y pregunta cómo reconocer su identidad si no cumplen con el requisito de acudir sin representantes legales.
Los condicionamientos para el cambio del campo de sexo o género en la cédula para adolescentes trans marcan también una diferencia con el procedimiento en personas trans de más de 18 años, pues estas —desde las reformas vigentes en 2024— no deben presentar requisitos. Solo su declaración expresa de ser una persona trans que desea que los datos de su cédula estén conformes a su identidad de género.
La madurez de niñeces y adolescencias ha sido un tema abordado en convenciones o instrumentos internacionales. La Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU del 2009 es contundente al reconocerles como seres autónomos y capaces de formar sus propias opiniones a través de la experiencia, el entorno, las expectativas sociales y culturales.
Esta convención es mencionada en una sentencia de la Corte Constitucional en que reconoció la identidad de infancias y adolescencias trans en el sistema educativo.
En las Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño, documentos de interpretación para los alcances de la mencionada Convención, se explica que la madurez es “la capacidad de comprender y evaluar las consecuencias de un asunto determinado”, lo cual debe considerarse en relación con su capacidad individual, contextos, entornos, experiencias de vida y familiar, desarrollo psicológico y no únicamente con su edad biológica.
Además, que la edad cronológica no determina la evolución de las capacidades de las niñeces y adolescencias porque estas crecen a lo largo del tiempo.
