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Red lésbica presenta recurso de inconstitucionaldad por reformas de constitución hondureña

Cattrachas presentó su acción el 18 de febrero

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Miembros de la Red Lésbica Cattrachas (Foto de Cattrachas/Redes sociales)

TEGUCIGALPA, Honduras — El pasado enero fue aprobado por el Congreso hondureño una enmienda constitucional con la que pretenden impedir la legalización del aborto y el matrimonio entre parejas del mismo sexo. Fue aprobada con 88 votos a favor, 28 en contra y siete abstenciones. La misma deberá ser ratificada por al menos ochenta y seis congresistas para entrar en vigor.

Por ello la Red Lésbica Cattrachas presentó el 18 de febrero una acción contra dicha reforma, dado que la prohibición al matrimonio igualitario fue introducida a la resolución, sin haber sido discutida, sin haber sido socializada y además en un tema que no era sobre derechos de las personas LGBTQ; Cattrachas alegaron en sus redes sociales que la Comisión de Dictamen del Congreso, que propuso la prohibición, fue creada para discutir la emergencia del COVID-19.

“En el recurso que presentamos alegamos dos tipos de motivos, de forma y fondo”, aseguró al Washington Blade, Astrid Ramos, abogada de Cattrachas. “Los motivos de forma son dos, al momento de la aprobación el 21 de enero se dispensaron dos de los tres debates a los que tiene obligación el Congreso realizar y la segunda es que la Comisión de Dictamen se extralimitó de sus funciones al incluir el artículo 112 en la reforma del 67”.

La constitución hondureña establece que para poder dispensar los debates, se tienen que acreditar razones de urgencia y en este caso no se acreditó ninguna razón; por lo cual al no realizarse la debida socialización, hubieron muchos diputados que no sabían sobre qué se iba a debatir, asegura Ramos.

“Además desde la presentación del proyecto por Mario Pérez, solo se hizo hincapié en la prohibición absoluta del aborto, sin socializar, sin debatir y sin haber una conexión temática entre el aborto y el matrimonio igualitario, al igual que en el dictamen no se fundamentó porqué incluyeron el artículo 112, da lugar a un vicio formal de incompetencia por la comisión, al extralimitarse en sus funciones”, explica Ramos.

Entre las otras alegaciones que presentaron Cattrachas, están tres aspectos de fondo, uno de ellos es que el Congreso hondureño, excedió sus límites constitucionales al crear otro mecanismo de reforma.

“Ahora decían que se necesitaban tres cuartas partes de votos de la totalidad del pleno, para poder reformar el artículo 67 y 112”, expresa Nadia Mejía, también abogada de Cattrachas. “La constitución de la república establece que, para realizar esas reformas, se necesitan un porcentaje de dos terceras partes de la totalidad de votos del pleno, es decir pese a ya existir una manera de reforma pétreo, el Congreso vino a sustituir con otra manera de reforma pétreo”.

El segundo aspecto de fondo se refiere a que el Congreso hondureño, como poder constituido se extralimitó de los poderes que le da la constitución al reformar un artículo pétreo, es decir que no puede ser reformado y el tercer aspecto de fondo trata sobre el tipo de reforma al artículo 112, sobre el matrimonio igualitario, va en contra de la constitución misma y contra compromisos internacionales.

“Esa reforma va en contra del derecho a la dignidad humana, el derecho a la igualdad, al derecho a la libertad”, alega Mejía al Blade. “Este tipo de reformas entran en contradicción a principios que ya estaban establecidos no solo en la Constitución de la República, sino que también en convenciones y tratados internacionales ratificados por Honduras, por ende, están bloqueando el bloque de constitucionalidad”.

La Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos destaca que la falta de acceso a derechos se agrava con el entrecruzamiento de la condición de la orientación sexual, identidad de género y/o diversidad corporal, con otros factores, como el sexo, el origen étnico, la edad, la condición social; en base a eso países como Ecuador y Costa Rica, han aprobado el matrimonio igualitario.

“La acción de inconstitucionalidad es lo único que tenemos para tratar de revertir esta violación a los derechos humanos en la constitución”, comentó al Blade, Indyra Mendoza, coordinadora de Cattrachas.

Además, Indyra mencionó que Honduras presentó el Examen Periódicos Universal (EPU) en noviembre y el 15 de marzo el Estado tiene que tomar nota de las recomendaciones, “España hizo recomendación sobre el matrimonio igualitario y aborto, porque lo que es necesario si hay independencia de poderes en Honduras, la Sala de lo Constitucional es la que tiene la última palabra de decir si lo que hicieron fue constitucional o no”, agrega Mendoza.

“Es importante el llamado a la comunidad internacional, que cuando Honduras presente en Ginebra, si tomará o no las recomendaciones, que no digan que tomarán nota, sino que debe comprometerse a revisar y esperar que la Sala de lo Constitucional de su sentencia con respecto al aborto y el matrimonio igualitario. Y si la sentencia es en contra el congreso, debe desaparecer lo que se ha hecho y adoptarse y comprometerse con las recomendaciones”, expresó Mendoza.

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Juez colombiano suspendido por 15 años por negarse a casar a pareja del mismo sexo

Fue condenado ‘por desatender sus deberes y vulnerar el derecho de acceso a la justicia’

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(Foto de Bigstock)

OrgulloLGBT.co es el socio mediático del Washington Blade en Colombia. Esta nota salió en su sitio web.

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial en su sesión del 10 de abril de 2024, ha confirmado una sanción ejemplar contra el Juez Décimo Civil Municipal de Cartagena, Ramiro Flórez Torres, quien se negó a casar a una pareja del mismo sexo, vulnerando así su derecho al acceso a la justicia. Este caso, que tuvo lugar en agosto de 2020, ha generado gran controversia debido a la firme postura del juez, quien priorizó sus creencias religiosas por encima de las leyes que respaldan estas uniones civiles.

Al recibir la solicitud de la pareja, Flórez Torres expresó abiertamente su desacuerdo, argumentando que el matrimonio entre personas del mismo sexo contradecía sus principios morales cristianos. 

“Ello contraría mi moral cristiana, va en contra de mis principios esenciales, y cuando exista conflicto entre lo que dice la ley humana y lo que dice la ley de Dios, yo prefiero la ley de Dios, porque prefiero agradar primero a mi Señor Dios todopoderoso, antes que al ser humano”, dijo el juez Flórez Torres en su momento.

Esta negativa inicial no disuadió a la pareja, quienes recurrieron a otras instancias y finalmente lograron celebrar su matrimonio en 2021.

El caso ante la justicia disciplinaria:

Por su parte, la Comisión Seccional Disciplinaria de Bolívar profirió pliego de cargos contra el Juez el 27 de marzo de 2023 por desatender el deber consagrado en el numeral 10 del artículo 153 de la Ley 270 de 1996, en concordancia con el artículo 230 de la Constitución, que le imponía aplicar los precedentes de la Corte Constitucional en materia de matrimonio igualitario, incurriendo en falta grave a título de dolo.

Las palabras del juez, que afirmó que su actitud no era discriminación sino una comprensión de las normas divinas, evidencian un conflicto entre la fe personal y el deber público. Sin embargo, las autoridades disciplinarias han sido claras en su dictamen: Flórez Torres enfrenta una inhabilitación de 15 años para ejercer cargos públicos debido a su falta grave de cumplimiento de deberes, según lo estipulado por la Ley 270 de 1996 y la Constitución.

Este caso no solo pone en relieve la importancia de separar las convicciones personales de la labor pública, sino que también resalta la necesidad de respetar y proteger los derechos de la comunidad LGBTIQ+. La resolución de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial es un paso significativo hacia la garantía de una ciudadanía plena para todas las personas en Colombia, independientemente de su orientación sexual o identidad de género. Es crucial que este tipo de decisiones no solo sancionen la conducta individual, sino que también sirvan como recordatorio de los valores de igualdad y no discriminación que deben prevalecer en una sociedad justa y equitativa.

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27 personas LGBTQ fueron asesinadas en Ecuador en 2023

Asociación Silueta X presenta el informe

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(Foto de Edición Cientonce)

Edición Cientonce es el socio mediático del Washington Blade en Ecuador. Esta nota salió en su sitio web el 12 de marzo.

POR VICTOR H. CARREÑO — La violencia criminal en Ecuador impactó por segundo año consecutivo en el número de asesinatos a personas LGBTIQ+. Según el informe Runa Sipiy, que anualmente presenta la Asociación Silueta X, por lo menos 27 personas de las diversidades sexogenéricas fueron asesinadas en 2023.

El año pasado fue el más violento en la historia de Ecuador con una tasa de más de 40 muertes por cada 100.000 habitantes, según la Policía. Este contexto incidió también en que 2023 sea el año con más casos de asesinatos y transfemicidios en el país desde 2010, de acuerdo a las cifras del informe.

Desde 2022 el número de crímenes contra personas LGBTIQ+ se ha incrementado. Ese año se reportaron 25 casos en un contexto de consolidación de las bandas narcodelictivas en Ecuador. En 2010, año que Silueta X inició con la recolección de muertes violentas, se reportaron ocho. 

De los 27 asesinatos reportados en 2023, 23 están relacionados con delincuencia organizada y sicariato. Sin embargo, el mismo reporte aclara que el número real de asesinatos puede ser mayor por el subregistro de casos, pues no todos son denunciados.

(Fuente Informe Runa Sipiy)

David Gonzabay, coordinador de Silueta X en Guayaquil, señala que los casos de sicariatos deben ser investigados porque las víctimas no necesariamente estuvieron relacionadas con las bandas narcodelictivas.

“Muchas personas (víctimas de asesinatos) pertenecían a estratos vulnerables y eran un punto de atención para estas bandas criminales. Estos asesinatos se pudieron dar porque se rehusaron a pertenecer a estos grupos”, explica Gonzabay.

Desde 2022, organizaciones han denunciado que las mujeres trans que se dedican al trabajo sexual son víctimas de extorsiones y amenazas de las bandas narcodelictivas. Ese año, la activista Jéssica Martínez fue asesinada en Ambato después de denunciar amenazas por negarse a pagar las denominadas “vacunas”.

Este colectivo es el más vulnerable ante la escalada de violencia en Ecuador. De los 27 asesinatos reportados por el informe Runa Sipiy, 18 corresponden a mujeres trans.

El informe detalla que las cifras de asesinatos relacionadas con el crimen organizado exponen “la complejidad y gravedad de la violencia contra las personas LGBT+ y transgénero en Ecuador”.

“Estos hallazgos resaltan la necesidad de abordar no solo las consecuencias directas de estos actos violentos, sino también las estructuras sociales y criminales que perpetúan esta violencia”, señala el reporte.

El informe también menciona la crisis carcelaria y que las personas LGBTIQ+ privadas de libertad son vulnerables. Desde la declaratoria del conflicto armado interno, organizaciones han denunciado casos de mujeres trans que han sido víctimas de presuntas torturas durante las intervenciones militares.

Silueta X solicitó al Ministerio de la Mujer “pruebas contundentes” de que las mujeres trans no están siendo vejadas, pero hasta el cierre del informe no recibió respuesta.

Pedidos al Estado

Desde Silueta X y organizaciones aliadas, solicitan a la Fiscalía mayor celeridad en la investigación de delitos de odio contra personas de las diversidades sexogenéricas, pues la mayoría quedan en la impunidad.

Además, propone el fortalecimiento del Ministerio de la Mujer. Gonzabay explica que el incremento de asesinatos se ha dado en un contexto de debilitamiento del Estado y la escasa inversión en políticas públicas.

En lo que va de 2024, la Asociación Silueta X reporta 10 asesinatos contra personas LGBTIQ+. De ellos, 8 son transfemicidios. 

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Congreso de Colombia avanza proyecto de ley que prohíbe ‘terapias de conversión’

Cámara de Representantes respaldó el propósito con 97 votos a favor

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El Congreso de Colombia (Foto de Michael K. Lavers por el Washington Blade)

OrgulloLGBT.co es el socio mediático del Washington Blade en Colombia. Esta nota salió en su sitio web.

El Congreso de Colombia ha dado un paso significativo hacia la protección de los derechos humanos y la dignidad de las personas LGBTQ, al aprobar en segundo debate el proyecto de Ley 272, conocido como “Ley Inconvertibles”. Esta ley tiene como objetivo prohibir las mal llamadas terapias de conversión, que han sido denunciadas como una forma de tortura hacia individuos LGBTQ.

En la sesión celebrada el 20 de marzo, el pleno de la Cámara de Representantes respaldó este proyecto con 97 votos a favor y 18 en contra. Esta medida llega en un momento crucial, en el que se reconoce la grave violación de los derechos humanos que representan las mal llamadas terapias de conversión. 

Durante años, miles de personas tanto en Colombia como en todo el mundo han sido sometidas a estas prácticas, que buscan cambiar su orientación sexual o identidad de género mediante métodos coercitivos y dañinos. Estas acciones, justificadas bajo la falaz premisa de “corregir” una supuesta enfermedad, han resultado en actos crueles y deshumanizantes.

La aprobación de este proyecto en la Cámara de Representantes es un avance crucial en la lucha contra estas prácticas abusivas. Sin embargo, el proceso legislativo aún no ha concluido, ya que el proyecto debe pasar por un tercer debate en el Senado colombiano, dentro de un total de cuatro debates requeridos.

En respuesta a esta importante noticia, activistas han llevado a cabo una movilización en redes sociales bajo los lemas #NadaQueCurar y #NoEsTerapiaEsTortura, destacando la necesidad de poner fin a estas prácticas que constituyen una violación flagrante de los derechos humanos.

El proyecto pasa ahora al Senado de la República y se espera su aprobación a finales de 2024.

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