Noticias en EspaƱol
Iglesia Episcopal Anglicana de El Salvador busca dar refugio a personas LGBTQ
Comunidad Santa Marta es albergue

SAN SALVADOR, El Salvador ā La Iglesia Episcopal Anglicana de El Salvador (IAES) siempre se ha caracterizado por ser una iglesia inclusiva y de puertas abiertas, desde la creación del Ministerio de Diversidad Sexual en el aƱo 2009, el cual es una pastoral que reĆŗne tanto a personas LGBTQ como tambiĆ©n aliados de la misma comunidad, volviĆ©ndose un espacio en el que todas y todos pueden vivir su fe, libres de discriminación. Ahora la IAES comienza una nueva Pastoral de la Solidaridad, llamada Comunidad Santa Marta, la cual tiene como objetivo brindar refugio, acompaƱamiento personal y pastoral, a personas LGBTQ que han sido expulsadas de sus hogares o se han visto forzadas a realizar migración interna.
En su experiencia pastoral, la IAES ha conocido las realidades que enfrentan las personas LGBTQ, que por motivo de su orientación sexual, identidad y expresión de género son discriminadas en todos los Ômbitos de su vida, dando inicio a una cadena de exclusión desde sus hogares y afectando su desarrollo pleno. Es asà como desde la oficina diocesana Dignidad y Justicia, crean este proyecto; pues dicha oficina tiene como objetivo principal, generar condiciones de prevención de la exclusión social, para el acceso a los derechos humanos, disminuyendo la violencia social y migración de las familias en la creación de comunidades de fe con tejido social.
āTrabajar en un proyecto como ‘Santa Marta o Pastoral de solidaridad’, es responder a las necesidades humanas, especialmente cuando hay tanta injusticia, pobreza y desigualdadā, expresó al Washington Blade el obispo de la IAES, Rvdmo. Juan David Alvarado.
āQueremos dar una respuesta a las personas LGBT que han sido expulsadas de sus hogares o que se encuentran en peligro, ofreciĆ©ndoles un espacio temporal, mientras ellas buscan solución o desarrollan un plan de respuesta personalā, agrega el obispo. āEl nombre de Comunidad Santa Marta es recordar en el Evangelio cuando JesĆŗs va en camino y llega a la casa de Marta y MarĆa, hermanas y amigas de JesĆŗs, quienes dan acogida y acompaƱamientoā.
La IAES tiene muchas expectativas de este proyecto, pues siempre se han mostrado aliados de la sociedad civil y en sobre todo de las poblaciones históricamente excluidas y vulnerables, el coordinador de la oficina de Dignidad y Justicia dentro de la IAES, Edwin Guardado, expresa que la āilusiónā con este proyecto es que la iglesia sea un modelo de atención y acompaƱamiento pastoral en el tema de refugios a personas LGBTQ en condiciones de vulneración de derechos humanos.
āEl que la Iglesia cuente con la experiencia del Ministerio de Diversidad Sexual, es clave para el impulso de la Comunidad de acogida Santa Marta, que estarĆ” ubicada en el departamento de Santa Ana, en la Iglesia San Rafael ArcĆ”ngel, en donde el Rvdo. GermĆ”n López es su rectorā, menciona al Blade Guardado.
āLa IAES, al acoger en su misión pastoral, el trabajo con población LGBTI, no solo cumple con el bĆ”sico de nuestras sociedades contemporĆ”neas que es no discriminar, sino cumple con el mandato de nuestro seƱor Jesucristoā, expresó Guardado.
Se pretende que en este refugio, las personas se resguarden en las instalaciones hasta un mĆ”ximo de 15 dĆas, en los cuales se establecerĆ” una rutina de vida para ellas y ellos, se les proveerĆ” de alimentación y servicios bĆ”sicos durante ese tiempo. RecibirĆ”n el apoyo necesario para la bĆŗsqueda de reinstalación con sus redes de apoyo social o familiar.
āSe espera a mediano plazo, con el seguimiento que se le pueda dar, poder apoyarles ya sea a terminar estudios con alguna modalidad flexible del Ministerio de Educación, tambiĆ©n a desarrollar habilidad en tĆ©rminos de emprendimiento en alianzas con diferentes instituciones u organizaciones LGBTIā, declaró al Blade Cruz Torres, coordinador del Ministerio de Diversidad Sexual de la IAES.
Torres agrega que esperan que el Ministerio de Diversidad Sexual abra un capĆtulo con las personas que reciban en la Comunidad Santa Marta y ayudar tambiĆ©n con el acompaƱamiento pastoral de las mismas.
La IAES en una alianza con Cristosal, organización para la defensa de los derechos humanos, buscarĆ” la transferencia de conocimientos y experiencia en el tema de protocolos de atención psicosocial, jurĆdica, protocolos sobre estudio de casos, esto con el fin de capacitar al grupo diocesano que estarĆ” a cargo de las gestiones y planificaciones para la ejecución de la pastoral.
Con este proyecto la IAES deja de manifiesto el cumplimiento de su misión.
āNo comprendo a las iglesias que se llaman cristianas, con una posición muy cerrada sobre el tema de la población LGBTI, porque el Evangelio de JesĆŗs nos invita a anunciar la buena nueva, que es la instauración del Reino de JesĆŗs y ese Reino es justicia, paz, amor y verdadā, expresó Alvarado. āEn otras palabras el Evangelio es construir una humanidad mĆ”s justa, con equidad, donde los valores nos lleven a una paz integralā.
Finalmente, Alvarado externa que las iglesias que condenan a las personas LGBTQ no estĆ”n construyendo el Reino de Dios, āposiblemente estĆ”n construyendo su propio reinoā. Por lo que hace un llamado a que todas y todos deben formarse o educarse en el tema, para comenzar a fomentar el amor en lugar del odio.
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La X vuelve al tribunal
Primer Circuito examina caso del reconocimiento de personas no binarias en Puerto Rico
Hace ocho meses escribĆ sobre este tema cuando todavĆa no habĆa llegado al nivel judicial en el que se encuentra hoy. En ese momento, la discusión se movĆa entre decisiones administrativas, debates pĆŗblicos y resistencias polĆticas. No era un asunto cerrado, pero tampoco habĆa alcanzado el punto actual.
Hoy el escenario es distinto.
La organización Lambda Legal compareció ante el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito en Boston para solicitar que se confirme una decisión que obliga al gobierno de Puerto Rico a emitir certificados de nacimiento que reflejen la identidad de las personas no binarias. La apelación se produce luego de que un tribunal de distrito concluyera que negar esa posibilidad constituye una violación a la Constitución de Estados Unidos.
Este elemento marca la diferencia. Ya no se trata de una discusión conceptual. Existe una determinación judicial que identificó un trato desigual.
El planteamiento de la parte demandante se sostiene en el propio marco legal vigente en Puerto Rico. Los certificados de nacimiento de identidad no son registros históricos inmutables. Son documentos utilizados para fines actuales y esenciales. Permiten acceder a empleo, educación y servicios, y son requeridos en múltiples gestiones ante el Estado. Su función es operativa.
En ese contexto, la exclusión de las personas no binarias no responde a una limitación jurĆdica. Puerto Rico permite la corrección de marcadores de gĆ©nero en certificados de nacimiento para personas trans binarias desde el caso Arroyo GonzĆ”lez v. Rosselló Nevares. AdemĆ”s, el Código Civil reconoce la existencia de certificados que reflejan la identidad de la persona mĆ”s allĆ” del registro original.
La diferencia radica en la aplicación.
El reconocimiento se concede dentro de categorĆas especĆficas, mientras que se excluye a quienes no se identifican dentro de ese esquema. Esa exclusión es el eje de la controversia actual.
El argumento presentado por Lambda Legal es preciso. Obligar a una persona a utilizar documentos que no reflejan su identidad implica someterla a una representación incorrecta en procesos fundamentales de la vida cotidiana. Esto puede generar dificultades prÔcticas, exposición innecesaria y situaciones de vulnerabilidad.
Las personas demandantes, nacidas en Puerto Rico, han planteado que el acceso a documentos precisos no es una cuestión simbólica, sino una necesidad bÔsica para poder desenvolverse sin contradicciones impuestas por el propio Estado.
El hecho de que este caso se encuentre en el sistema federal introduce una dimensión adicional. No se trata de un proyecto legislativo ni de una polĆtica pĆŗblica en discusión. Es una controversia constitucional. El anĆ”lisis gira en torno a derechos y a la aplicación equitativa de las leyes.
Este proceso tampoco ocurre en aislamiento.
Se desarrolla en un contexto donde los debates sobre identidad y derechos han estado marcados por una mayor presencia de posturas conservadoras en la esfera pĆŗblica, tanto en Estados Unidos como en Puerto Rico. En el Ć”mbito local, esa influencia ha sido visible en discusiones legislativas recientes, donde argumentos de carĆ”cter religioso han comenzado a formar parte del debate sobre polĆtica pĆŗblica. Esa intersección introduce tensiones en torno a la separación entre iglesia y Estado y tiene efectos concretos en el acceso a derechos.
SeƱalar este contexto no implica cuestionar la fe ni la prĆ”ctica religiosa. Implica reconocer que, cuando determinados argumentos se trasladan al ejercicio del poder pĆŗblico, pueden incidir en decisiones que afectan a sectores especĆficos de la población.
Desde Puerto Rico, esta situación no se observa a distancia. Se experimenta en la prÔctica diaria. En la necesidad de presentar documentos que no corresponden con la identidad de quien los porta. En las implicaciones que esto tiene en espacios laborales, educativos y administrativos.
El avance de este caso abre una posibilidad de cambio en el marco legal aplicable. No porque resuelva de inmediato todas las tensiones en torno al tema, sino porque establece un punto de anĆ”lisis jurĆdico sobre una prĆ”ctica que hasta ahora ha operado bajo criterios restrictivos.
A diferencia de hace ocho meses, el escenario actual incluye una determinación judicial que ya identificó una violación de derechos. Lo que corresponde ahora es evaluar si esa determinación se sostiene en una instancia superior.
Ese proceso no define un resultado inmediato, pero sĆ establece un nuevo punto de referencia.
El debate ya no es teórico.
Ahora es judicial.
Cuba
Cuba bajo presión y sin respuestas
Cubanos no hablan en tĆ©rminos geopolĆticos. Hablan de sobrevivir
Las tensiones entre Estados Unidos y Cuba han vuelto a subir de tono. No es algo nuevo, pero este momento se siente distinto. Las medidas mĆ”s recientes desde Washington buscan cerrar aĆŗn mĆ”s los espacios financieros del gobierno cubano, limitar sus fuentes de ingreso y presionar sectores clave de la economĆa. No es simbólico. Es una polĆtica directa.
Desde Estados Unidos, el mensaje es claro. Se busca provocar cambios que no han ocurrido en mĆ”s de seis dĆ©cadas. TambiĆ©n hay un componente interno, una presión polĆtica que responde a sectores del exilio que llevan aƱos exigiendo una postura mĆ”s dura. Todo eso forma parte del escenario.
Pero esa es solo una parte.
Del lado cubano, la respuesta sigue un patrón conocido. El gobierno habla de agresión externa, de guerra económica, de un embargo que se endurece. Cada medida se convierte en argumento para reforzar su narrativa y cerrar filas. No hay espacio para reconocer errores propios. Todo apunta hacia afuera.
Mientras tanto, la vida en la isla va por otro camino.
La crisis energética que hoy vive Cuba no empezó con estas medidas. Lleva años acumulÔndose. El sistema eléctrico estÔ deteriorado, sin mantenimiento suficiente, con fallas constantes. Los apagones no son nuevos. Lo que ha cambiado es la frecuencia y la duración.
Durante aƱos entró petróleo a Cuba, especialmente desde Venezuela. Hubo acuerdos. Hubo suministro. Y aun asĆ, la vida del cubano no mejoró. La electricidad seguĆa fallando, el combustible seguĆa racionado, el transporte seguĆa siendo un problema diario.
Entonces la pregunta sigue siendo la misma.
Si el petróleo estaba entrando, ¿por qué nada cambiaba?
¿Dónde fue a parar ese recurso?
¿Dónde estÔ el dinero que generó?
Hoy se habla de restricciones al petróleo como si fueran la causa principal de la crisis. No lo son. Empeoran una situación ya frÔgil, pero no la explican completamente.
Hay una historia mƔs larga que no se puede ignorar.
Lo mismo ocurre con las brigadas mƩdicas.
Durante aƱos se presentaron como un gesto de solidaridad internacional. Y en muchos casos lo fueron. MĆ©dicos cubanos trabajaron en condiciones difĆciles, salvaron vidas, sostuvieron sistemas de salud en otros paĆses. Eso es real.
Pero tambiƩn funcionaron como una de las principales fuentes de ingreso del Estado cubano.
Muchos de esos profesionales no recibĆan el salario completo por su trabajo. Una parte significativa quedaba en manos del gobierno. En algunos casos, ni siquiera tenĆan control sobre el dinero que generaban.
Y hay algo mƔs duro.
Si uno de esos mĆ©dicos decidĆa no regresar a Cuba, ese dinero no llegaba a su familia. Se quedaba retenido.
Hoy varios paĆses estĆ”n revisando o cancelando esos acuerdos. Y otra vez, la respuesta oficial es seƱalar hacia afuera. Pero la pregunta sigue siendo inevitable.
ĀæSe estĆ” perdiendo un modelo de cooperación o un sistema que dependĆa del control sobre sus propios profesionales?
Dentro de Cuba, la conversación suena diferente.
La gente no habla en tĆ©rminos geopolĆticos. Habla de sobrevivir. De cómo llegar al final del dĆa. De los apagones, de la comida que no alcanza, del transporte que no aparece, de una vida que cada vez se hace mĆ”s difĆcil.
Hay quienes miran las medidas de Estados Unidos con cierta expectativa. No porque quieran mÔs escasez, sino porque sienten que el sistema no cambia por sà solo. Hay una sensación de estancamiento que pesa.
Pero esa expectativa convive con una realidad concreta.
Las sanciones no golpean primero a quienes toman decisiones. Golpean al ciudadano común. Al que hace la fila. Al que pierde la comida por falta de electricidad. Al que no tiene cómo moverse.
Esa es la contradicción.
El gobierno cubano pide solidaridad internacional. Y la recibe. PaĆses que envĆan ayuda, organizaciones que se movilizan, voces que defienden a la isla.
Pero hay otra pregunta que tambiĆ©n estĆ” ahĆ.
ĀæEsa ayuda llega realmente al pueblo?
La falta de transparencia en la distribución de recursos es parte del problema. Porque no se trata solo de lo que entra, sino de lo que realmente llega a quienes lo necesitan.
Reducir lo que pasa en Cuba a un conflicto entre dos gobiernos es no querer ver el cuadro completo.
AquĆ hay responsabilidades compartidas, pero no iguales.
Estados Unidos ejerce presión con efectos reales sobre la economĆa cubana. Eso no se puede negar. Pero dentro de la isla hay un sistema que ha tenido dĆ©cadas para corregir, para abrir, para responder a su gente, y no lo ha hecho.
Esa parte no se puede seguir esquivando.
Yo escribo esto como cubano. Desde lo que vi, desde lo que vivĆ y desde la gente que sigue allĆ” tratando de resolver el dĆa.
Porque al final, mƔs allƔ de lo que se diga entre gobiernos, la realidad es otra.
Cuba hoy estĆ” mĆ”s apretada, sĆ. Pero tambiĆ©n lleva aƱos arrastrando problemas que nadie ha querido enfrentar de verdad.
Y mientras eso siga asĆ, da igual lo que venga de afuera. El problema sigue estando adentro.
Ecuador
Adolescentes trans en Ecuador podrƔn cambiar datos en su cƩdula, pero con condicionamientos
Pueden modificar el campo de gƩnero en su documento de identidad con requisitos
Por VICTOR H. CARREĆO | En unaĀ sentenciaĀ del 5 de febrero de 2026, la Corte Constitucional declaró inconstitucional el requisito legal de mayorĆa de edadĀ para modificar el campo de sexo o gĆ©nero en la cĆ©dula de identidad y fijaĀ lineamientos para que adolescentes transĀ puedan cambiar estos datos.
El mÔximo organismo de control e interpretación constitucional incorpora dos requerimientos: que la persona adolescente se presente al procedimiento administrativo con sus padres y que informes psicosociales acrediten un grado de madurez.
El fallo resuelve una consulta de constitucionalidad de una unidad judicial que lleva una acción de protección contra el Registro Civil presentada por la familia de un adolescente trans que solicitó, en junio de 2023, modificar el campo de género en la cédula.
La institución se negó porque la Ley OrgÔnica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles establece que la rectificación de sexo o género es un procedimiento para personas mayores de 18 años.
El adolescente, cuya identidad se protege en la sentencia, cuenta con el apoyo de sus padres en su transición, que inició en 2020. En una audiencia, su madre expuso que si bien en el Ômbito familiar y en el sistema educativo se respeta la identidad de su hijo, fuera de estos hay situaciones, como en consultas médicas en el Seguro Social, en que debe presentar la cédula de él y quienes la reciben preguntan si es el documento equivocado.
En el desarrollo de la sentencia, la Corte expone por quĆ© el requisito de tener mayorĆa de edad para acceder a la modificación de datos en la cĆ©dula es inconstitucional.
Entre varios motivos, explica que restringe los derechos al libre desarrollo de la personalidad e identidad, que la edad no puede exigirse como ācriterio determinante y Ćŗnicoā para determinar la madurez de un adolescente, y que la medida puede generar impactos negativos en el bienestar psicológico y emocional.
Por ello, indica que existen mecanismos alternativos como la evaluación individualizada, el acompañamiento técnico y la consideración del contexto familiar.
En ese sentido, la Corte dispone al Registro Civil que debe proceder al cambio de los datos de adolescentes trans cuando acudan acompaƱades de sus representantes legales y con el respaldo de informes psicosociales.
Estos informes, agrega la sentencia, deben ser de profesionales acreditados o de órganos técnicos públicos competentes que sean considerados por el Registro Civil.
El fallo tiene efectos para este caso y otros similares. A diferencia de otras sentencias, la Corte no ordena una reforma a la legislación.
La organización Silueta X, que difundió el caso en un comunicado el 11 de marzo, calificó el fallo como histórico y explicó que este crea jurisprudencia de cumplimiento obligatorio.
š³ļøāā§ļøšUn chico trans de 15 aƱos le dijo al Estado ecuatoriano āyo sĆ© quiĆ©n soyā. Y la Corte Constitucional le dio la razón. šļøā
Este fallo es nuestro. Es tuyo.
š Lee la comunicado completa en nuestra bio.#DerechosTransEcuador #SiluetaX #CorteConstitucional #AdolescentesTrans pic.twitter.com/aXE4FU9VeS
— Asociación SILUETA 'X' (@SiluetaX) March 11, 2026
Sin embargo, otras organizaciones cuestionan los requisitos. Fundación Pakta indica que si bien la sentencia derriba la barrera etaria de la mayorĆa de edad, la inclusión de informes psicosociales contradice la tendencia global y regional hacia la despatologización.
Pakta menciona, por ejemplo, la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, instrumento que reconoce la identidad autopercebida de las personas y los derechos patrimoniales de parejas del mismo sexo.
El documento, recuerda Pakta en un comunicado, establece que para el reconocimiento de la identidad de gĆ©nero no se debe exigir certificados mĆ©dicos ni psicológicos. AdemĆ”s, que la Organización Mundial de la Salud reconoció que la identidad trans no es una patologĆa psiquiĆ”trica.
Mientras que la activista Nua Fuentes, de Proyecto TransgƩnero, considera que los requisitos impuestos por la Corte pueden ser problemƔticos. Menciona que frente al desconocimiento y prejuicios, profesionales de salud patologizan la identidad trans.
La Sentencia 4-24-CN/26 sobre la inconstitucionalidad de negar a adolescentes trans cambio de su sexo o gƩnero en la cƩdula es un acto que entreabre la puerta para los derechos, pero tambiƩn sostiene algunas barreras y es problemƔtico para adolescentes trans #Ecuador
Abro hiloš§µ pic.twitter.com/aKBUlmnU1A— Nua Elizabeth Fuentes Aguirre (@NuaEliz) March 11, 2026
AdemÔs, señala que puede haber casos de que la familia y psicólogos expresen rechazo a la identidad trans y limiten los derechos de adolescentes trans. O también menciona casos de abandono de niñes y adolescentes trans y pregunta cómo reconocer su identidad si no cumplen con el requisito de acudir sin representantes legales.
Los condicionamientos para el cambio del campo de sexo o gĆ©nero en la cĆ©dula para adolescentes trans marcan tambiĆ©n una diferencia con el procedimiento en personas trans de mĆ”s de 18 aƱos, pues estas ādesde las reformas vigentes en 2024ā no deben presentar requisitos. Solo su declaración expresa de ser una persona trans que desea que los datos de su cĆ©dula estĆ©n conformes a su identidad de gĆ©nero.
La madurez de niñeces y adolescencias ha sido un tema abordado en convenciones o instrumentos internacionales. La Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU del 2009 es contundente al reconocerles como seres autónomos y capaces de formar sus propias opiniones a través de la experiencia, el entorno, las expectativas sociales y culturales.
Esta convención es mencionada en una sentencia de la Corte Constitucional en que reconoció la identidad de infancias y adolescencias trans en el sistema educativo.
En las Observaciones Generales del ComitĆ© de los Derechos del NiƱo, documentos de interpretación para los alcances de la mencionada Convención, se explica que la madurez es āla capacidad de comprender y evaluar las consecuencias de un asunto determinadoā, lo cual debe considerarse en relación con su capacidad individual, contextos, entornos, experiencias de vida y familiar, desarrollo psicológico y no Ćŗnicamente con su edad biológica.
AdemÔs, que la edad cronológica no determina la evolución de las capacidades de las niñeces y adolescencias porque estas crecen a lo largo del tiempo.
