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Red lésbica presenta recurso de inconstitucionaldad por reformas de constitución hondureña

Cattrachas presentó su acción el 18 de febrero

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Miembros de la Red Lésbica Cattrachas (Foto de Cattrachas/Redes sociales)

TEGUCIGALPA, Honduras — El pasado enero fue aprobado por el Congreso hondureño una enmienda constitucional con la que pretenden impedir la legalización del aborto y el matrimonio entre parejas del mismo sexo. Fue aprobada con 88 votos a favor, 28 en contra y siete abstenciones. La misma deberá ser ratificada por al menos ochenta y seis congresistas para entrar en vigor.

Por ello la Red Lésbica Cattrachas presentó el 18 de febrero una acción contra dicha reforma, dado que la prohibición al matrimonio igualitario fue introducida a la resolución, sin haber sido discutida, sin haber sido socializada y además en un tema que no era sobre derechos de las personas LGBTQ; Cattrachas alegaron en sus redes sociales que la Comisión de Dictamen del Congreso, que propuso la prohibición, fue creada para discutir la emergencia del COVID-19.

“En el recurso que presentamos alegamos dos tipos de motivos, de forma y fondo”, aseguró al Washington Blade, Astrid Ramos, abogada de Cattrachas. “Los motivos de forma son dos, al momento de la aprobación el 21 de enero se dispensaron dos de los tres debates a los que tiene obligación el Congreso realizar y la segunda es que la Comisión de Dictamen se extralimitó de sus funciones al incluir el artículo 112 en la reforma del 67”.

La constitución hondureña establece que para poder dispensar los debates, se tienen que acreditar razones de urgencia y en este caso no se acreditó ninguna razón; por lo cual al no realizarse la debida socialización, hubieron muchos diputados que no sabían sobre qué se iba a debatir, asegura Ramos.

“Además desde la presentación del proyecto por Mario Pérez, solo se hizo hincapié en la prohibición absoluta del aborto, sin socializar, sin debatir y sin haber una conexión temática entre el aborto y el matrimonio igualitario, al igual que en el dictamen no se fundamentó porqué incluyeron el artículo 112, da lugar a un vicio formal de incompetencia por la comisión, al extralimitarse en sus funciones”, explica Ramos.

Entre las otras alegaciones que presentaron Cattrachas, están tres aspectos de fondo, uno de ellos es que el Congreso hondureño, excedió sus límites constitucionales al crear otro mecanismo de reforma.

“Ahora decían que se necesitaban tres cuartas partes de votos de la totalidad del pleno, para poder reformar el artículo 67 y 112”, expresa Nadia Mejía, también abogada de Cattrachas. “La constitución de la república establece que, para realizar esas reformas, se necesitan un porcentaje de dos terceras partes de la totalidad de votos del pleno, es decir pese a ya existir una manera de reforma pétreo, el Congreso vino a sustituir con otra manera de reforma pétreo”.

El segundo aspecto de fondo se refiere a que el Congreso hondureño, como poder constituido se extralimitó de los poderes que le da la constitución al reformar un artículo pétreo, es decir que no puede ser reformado y el tercer aspecto de fondo trata sobre el tipo de reforma al artículo 112, sobre el matrimonio igualitario, va en contra de la constitución misma y contra compromisos internacionales.

“Esa reforma va en contra del derecho a la dignidad humana, el derecho a la igualdad, al derecho a la libertad”, alega Mejía al Blade. “Este tipo de reformas entran en contradicción a principios que ya estaban establecidos no solo en la Constitución de la República, sino que también en convenciones y tratados internacionales ratificados por Honduras, por ende, están bloqueando el bloque de constitucionalidad”.

La Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos destaca que la falta de acceso a derechos se agrava con el entrecruzamiento de la condición de la orientación sexual, identidad de género y/o diversidad corporal, con otros factores, como el sexo, el origen étnico, la edad, la condición social; en base a eso países como Ecuador y Costa Rica, han aprobado el matrimonio igualitario.

“La acción de inconstitucionalidad es lo único que tenemos para tratar de revertir esta violación a los derechos humanos en la constitución”, comentó al Blade, Indyra Mendoza, coordinadora de Cattrachas.

Además, Indyra mencionó que Honduras presentó el Examen Periódicos Universal (EPU) en noviembre y el 15 de marzo el Estado tiene que tomar nota de las recomendaciones, “España hizo recomendación sobre el matrimonio igualitario y aborto, porque lo que es necesario si hay independencia de poderes en Honduras, la Sala de lo Constitucional es la que tiene la última palabra de decir si lo que hicieron fue constitucional o no”, agrega Mendoza.

“Es importante el llamado a la comunidad internacional, que cuando Honduras presente en Ginebra, si tomará o no las recomendaciones, que no digan que tomarán nota, sino que debe comprometerse a revisar y esperar que la Sala de lo Constitucional de su sentencia con respecto al aborto y el matrimonio igualitario. Y si la sentencia es en contra el congreso, debe desaparecer lo que se ha hecho y adoptarse y comprometerse con las recomendaciones”, expresó Mendoza.

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Honduras

Corte IDH reconoce a Thalía Rodríguez como familia social de Leonela Zelaya

Se construyeron una familia tras más de una década de convivencia

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(Captura de pantalla de Reportar sin Miedo)

Reportar sin Miedo es el socio mediático del Washington Blade en Honduras. Esta nota salió en su sitio web el 19 de enero.

Por DORIS GONZÁLEZ * | TEGUCIGALPA, Honduras — En la sentencia del caso Leonela Zelaya y otra vs Honduras emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos se estableció un hito jurisprudencial para las personas LGBTQ en Honduras, así como en la región en relación a las diversas conformaciones de familias existentes. La Corte IDH interpretó por primera vez el concepto de familia social, indicando que la construcción de familia no debe restringirse a la familia nuclear o a nociones tradicionales, bajo el entendido de que hay diferentes formas en las que se materializan los vínculos familiares.

Este análisis se trae a colación debido al contexto de discriminación, prejuicio y violencia que atravesamos las personas LGBTQ, el cual se puede manifestar incluso dentro de nuestras propias familias. Esta violencia se manifiesta a través de actos de odio como ser el desarraigo familiar, violencia física, psicológica, social, económica, expulsiones de los hogares, violaciones correctivas e incluso, culminando en muertes violentas. Esta violencia motivada por la orientación sexual, identidad y expresión de género de las personas imposibilita la convivencia familiar.

Ante esto, las personas LGBTQ construimos vínculos sociales fuera del vínculo familiar tradicional, los cuales a través de la convivencia, amistad, apoyo económico-social y construcción de vida en común constituyen familias, tal como ocurrió en este caso.

Tras el abandono de su familia biológica, Leonela Zelaya y Thalía Rodríguez construyeron una familia tras más de una década de convivencia, en los cuales se apoyaron mutuamente en diversas situaciones, viviendo como mujeres trans, portadoras de VIH, ejerciendo el trabajo sexual y en situación de pobreza, enfrentando constantes episodios de detenciones arbitrarias y violentas por parte de los órganos policiales.

Tras su asesinato, fue Thalía quien recogió el cuerpo de Leonela en la morgue de Tegucigalpa y quien gestionó el féretro a través de la Funeraria del Pueblo. Los servicios fúnebres de Leonela Zelaya fueron realizados en un bar por mujeres trans, trabajadoras sexuales, al cual no asistió ningún miembro de su familia biológica.

El asesinato de Leonela y la falta de esclarecimiento generaron a Thalía un sentimiento de inseguridad, frustración e impotencia. Por estas violaciones de derechos humanos, la Corte reconoció a Thalía Rodríguez, en calidad de familiar de Leonela, como víctima del caso, generando estándares aplicables a todas las personas LGBTQ.

A juicio de la Corte, esta situación lleva a que, en casos de muertes violentas de mujeres trans, las personas que integren las redes de apoyo de la persona fallecida puedan ser declaradas víctimas por la violación de sus derechos a la integridad psíquica o moral, siempre que se acredite la existencia de un vínculo estrecho con la víctima y una afectación a sus derechos, derivada, por ejemplo, de las gestiones realizadas para obtener justicia. Esta sentencia logra reconocer que las personas LGBTQ construimos familias sociales, familias elegidas, e indica que estas deben ser reconocidas y validadas.


* Abogada litigante del caso Leonela Zelaya y otra vs Honduras, Red Lésbica Cattrachas

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Noticias en Español

El 2026 bajo presión

La realidad que enfrentan las organizaciones LGBTQ en EEUU

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(Foto de Michael Key por el Washington Blade)

El año 2026 no comenzó en blanco para las organizaciones LGBTQ en Estados Unidos. Llegó precedido por un proceso que se activó con fuerza en 2025 y que hoy se manifiesta como una reconfiguración profunda del ecosistema de derechos, servicios y sostenibilidad comunitaria. No se trata de una crisis momentánea ni de un ajuste administrativo pasajero. Lo que está ocurriendo es un cambio estructural en la forma en que el Estado define, financia y condiciona la igualdad, la accesibilidad y la atención a poblaciones históricamente vulnerables.

Desde los primeros meses de 2025, la administración federal inició la retirada o revisión de múltiples órdenes ejecutivas y disposiciones que protegían explícitamente a personas LGBTQ en áreas clave como salud, educación y acceso a servicios. La justificación oficial ha girado en torno a la eliminación de lo que se denomina “ideología de género” y a la redefinición restrictiva del concepto de sexo, limitado exclusivamente a criterios biológicos. Este cambio discursivo no quedó en el plano simbólico. Se tradujo en nuevas reglas de elegibilidad, en la cancelación de subvenciones, en la eliminación de recopilación de datos y en una creciente incertidumbre administrativa que ha afectado directamente la operatividad de organizaciones comunitarias en todo el país, como ha documentado la Kaiser Family Foundation.

La salud fue uno de los primeros campos donde se sintió el impacto. Programas vinculados a la atención integral, a la prevención del VIH, a la salud mental y a la investigación en poblaciones LGBTQ comenzaron a perder respaldo federal. Subvenciones previamente aprobadas fueron canceladas o sometidas a revisión bajo criterios ideológicos, no científicos. Reuters y Associated Press han documentado cómo esta nueva orientación provocó la interrupción de investigaciones financiadas por los Institutos Nacionales de Salud, afectando proyectos que buscaban comprender mejor las desigualdades en salud, el acceso a tratamientos y las condiciones de vida de comunidades ya marginadas. La consecuencia inmediata no es solo la pérdida de conocimiento, sino la erosión de la capacidad del país para diseñar políticas públicas basadas en evidencia.

La educación siguió un camino similar. A lo largo de 2025, el discurso oficial contra los programas de diversidad, equidad e inclusión se tradujo en recortes presupuestarios y en señales claras a los sistemas educativos. Talleres de prevención de acoso, programas de formación docente, iniciativas de acompañamiento estudiantil y espacios seguros que durante años fueron sostenidos por alianzas entre escuelas y organizaciones LGBTQ comenzaron a desaparecer o a ser suspendidos por temor a perder fondos. El mensaje fue inequívoco: la igualdad dejó de ser una prioridad financiable. En ese vacío, quienes pagan el precio son jóvenes que pierden redes de apoyo fundamentales en etapas decisivas de su vida.

A este escenario se sumó un fenómeno menos visible pero igualmente dañino: el condicionamiento del lenguaje. Organizaciones que no se dedican exclusivamente a temas LGBTQ, pero que atienden poblaciones diversas, comenzaron a recibir directrices que restringen términos y enfoques en sus propuestas de financiamiento. Esto ha generado autocensura institucional, debilitamiento de programas y una sensación generalizada de inseguridad jurídica. Cuando las organizaciones no saben si nombrar una realidad puede costarles su existencia, el impacto va mucho más allá del presupuesto.

El efecto acumulado de estas decisiones comenzó a hacerse evidente en 2025 y se consolida en 2026. Servicios que antes funcionaban con relativa estabilidad ahora operan al límite. Se reducen horarios, se despide personal, se priorizan únicamente los casos más urgentes y se crean listas de espera que antes no existían. La prevención cede espacio a la emergencia, y la emergencia, como bien sabe la salud pública, siempre resulta más costosa y más dolorosa.

Puerto Rico ofrece un ejemplo claro de cómo esta dinámica se acelera en contextos con menos margen de maniobra. La pérdida de fondos federales por parte de organizaciones comunitarias ha tenido efectos inmediatos, obligando a cierres de programas, reestructuraciones profundas y una dependencia aún mayor de donaciones locales en un mercado filantrópico limitado. Lo que en otros estados puede tardar años en sentirse, en la isla se manifiesta en meses. Y, sin embargo, la necesidad de servicios no disminuye; al contrario, aumenta en contextos de incertidumbre económica y social.

Frente a este panorama, las organizaciones LGBTQ no han permanecido inmóviles. El 2026 las encuentra ensayando estrategias de supervivencia que, aunque diversas, comparten un mismo objetivo: no colapsar. Muchas han acelerado la diversificación de sus fuentes de ingreso, apostando por donantes individuales recurrentes, campañas comunitarias y modelos de membresía. Otras han intentado desarrollar servicios híbridos que permitan generar ingresos propios para sostener programas gratuitos. Las alianzas con universidades, sistemas de salud, municipios y organizaciones comunitarias más amplias se han convertido en una tabla de salvación para compartir costos y mantener presencia territorial.

Pero también hay decisiones dolorosas. Reducciones de personal, cierres temporales, eliminación de proyectos no considerados esenciales y una redefinición constante de prioridades. Estas medidas no son señales de mala gestión; son respuestas defensivas ante un entorno que se ha vuelto hostil e impredecible.

Lo que muchas veces queda fuera del debate público es que este proceso no afecta solo a las organizaciones como estructuras administrativas. Afecta a personas concretas. A jóvenes que pierden espacios seguros. A personas trans que ven restringido su acceso a servicios de salud. A familias que ya no encuentran acompañamiento. A activistas que quedan más expuestos en un clima social cada vez más polarizado. La retirada de fondos no elimina las realidades humanas que esos programas atendían; simplemente las empuja hacia la invisibilidad y el sufrimiento silencioso.

El 2026, entonces, no es únicamente un año de ajustes presupuestarios. Es una antesala que pone a prueba el compromiso real del país con la igualdad y la dignidad. Cuando los derechos dependen de ciclos políticos y los servicios esenciales quedan sujetos a criterios ideológicos, lo que se debilita no es solo una comunidad específica, sino el tejido social en su conjunto.

La pregunta que queda abierta no es si las organizaciones LGBTQ resistirán. Históricamente lo han hecho. La verdadera pregunta es cuántas personas quedarán sin protección en el camino y cuánto daño se normalizará antes de que la nación asuma que la accesibilidad, la educación y la salud no pueden ser tratadas como concesiones temporales.

El 2026 ya comenzó. Y lo que está en juego no es una narrativa cultural, sino la capacidad de una sociedad para sostener, con hechos y no solo con discursos, la dignidad humana.

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Colombia

Colombia anunció la inclusión de las categorías ‘trans’ y ‘no binario’ en los documentos de identidad

Registraduría Nacional anunció el cambio el 28 de noviembre

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(Foto via Bigstock)

OrgulloLGBT.co es el socio mediático del Washington Blade en Colombia. Esta nota salió en su sitio web.

Ahora los ciudadanos colombianos podrán seleccionar las categorías ‘trans’ y ‘no binario’ en los documentos de identidad del país.

Este viernes la Registraduría Nacional del Estado Civil anunció que añadió las categorías ‘no binario’ y ‘trans’ en los distintos documentos de identidad con el fin de garantizar los derechos de las personas con identidad diversa.

El registrador nacional, Hernán Penagos, informó que hizo la inclusión de estas dos categorías en los documentos de: registro civil, tarjeta de identidad y cédula de ciudadanía.

Según la registraduría: “La inclusión de estas categorías representa un importante avance en materia de garantía de derechos de las personas con identidad de género diversa”.

Estas categorías estarán en el campo de ‘sexo’ en el que están normalmente las clasificaciones de ‘femenino’ y ‘masculino’ en los documentos de identidad.

En 2024 se inició la ejecución de diferentes acciones orientadas implementar componentes “‘NB’ y ‘T’ en el campo ‘sexo’ de los registros civiles y los documentos de identidad”.

Las personas trans existen y su identidad de género es un aspecto fundamental de su humanidad, reconocido por la Corte Constitucional de Colombia en sentencias como T-236/2023 y T-188/2024, que protegen sus derechos a la identidad y no discriminación. La actualización de la Registraduría implementa estos fallos que ya habían ordenado esos cambios en documentos de identidad.

Por su parte, el registrador nacional, Penagos, comentó que: “se trata del cumplimiento de unas órdenes por parte de la Corte Constitucional y, en segundo lugar, de una iniciativa en la que la Registraduría ha estado absolutamente comprometida”. Y explicó que en cada “una de las estaciones integradas de servicio de las más de 1.200 oficinas que tiene la Registraduría Nacional se va a incluir todo este proceso”.

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