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Dos hombres y un niño también son familia en México
Alan, Dani y Emiliano conforman 1era familia homoparental de Guanajuato

Desde que Alan Daniel Alcántar Velázquez y Leonardo Daniel Vela Soria contrajeron matrimonio, tres años y seis meses atrás, supieron que querían crecer, no solo como pareja, sino también como familia. Deseaban darle la oportunidad a un niño de vivir fuera de una casa hogar y anhelaban darse ellos mismos la oportunidad de probarse como padres.
Sin embargo, el proceso para la adopción de parejas gays en México, especialmente en el estado sureño de Guanajuato, donde residen, es un derecho aún por conquistar, como mismo sucede con el matrimonio igualitario. En ese punto de la geografía mexicana las parejas del mismo sexo pueden unirse en matrimonio civil gracias a un amparo. En estos casos, la Suprema Corte da el visto bueno y ordena al Registro Civil a que lleve a cabo el casamiento.
En referencia a la adopción, en enero del 2017, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió la tesis jurisprudencial 08/2017 titulada “Derecho a la vida familiar de las parejas del mismo sexo”. Esta respalda el derecho de las parejas LGBTQ no solo de casarse, sino también de procrear, adoptar y criar niñas y niños.
Relativamente, todos aquellos estados que ya hayan aprobado leyes a favor del matrimonio igualitario también deberían respetar el derecho de estas parejas a adoptar. No obstante, todavía hay autoridades que le niegan estos derechos a la comunidad LGBTQ, respaldándose en los Códigos Civiles estatales.
Eso lo saben muy bien Alcántar y Vela porque lo vivieron en carne propia. Luego de dos años finalmente pudieron abrazar a Emiliano, un pequeño de cuatro años de edad que les fue dado en adopción, tras un proceso que por momentos les quitó el aliento, pero nunca la esperanza.
El Washington Blade conversó en exclusiva con esta joven pareja, que se convirtió en la primera familia homoparental de Guanajuato.
WASHINGTON BLADE: ¿Por que se deciden a formar una familia?
ALCÁNTAR Y VELA: Desde que nos casamos teníamos la inquietud de agrandar nuestra familia y vimos la opción de adoptar. Decidimos hacerlo para darle la oportunidad a un menor de tener una familia y que tenga más oportunidades en la vida para crecer en todo los ámbitos, y para poder darnos la oportunidad de criar a un menor.
BLADE: ¿Como fue el proceso para la adopción de Emiliano?
ALCÁNTAR Y VELA: Todos los trámites los hicimos en la oficina del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de Guanajuato capital. Comenzamos el proceso en febrero de 2018 y en septiembre de ese mismo año nos citaron para entregarnos un certificado de idoneidad, que afirma nuestra aptitud para adoptar hasta un par de hermanos de sexo indistinto, de cero a siete años. Estábamos súper felices con la respuesta y ahí nos dijeron que podíamos seguir el trámite de adopción.
Entregamos nuestros papeles el mismo septiembre de 2018 y nos comentaron que estaríamos en una lista de espera. En enero de 2019 nos hablan de DIF León y nos dicen que nuestro perfil empata con el de un menor. Nos propusieron conocerlo y dijimos que sí. Nos platican un poco de Emiliano y nos dan una fotografía. Nos dicen que vayamos preparando su recamara, que le compremos ropa y que tengamos todo lo que él necesita porque en abril lo conoceríamos. Un día antes de conocerlo llamamos al DIF para ponernos de acuerdo en la hora y el lugar y ahí es cuando nos dicen que la casa hogar se está portando un poco mal con ellos, que nos tenemos que esperar …
BLADE: ¿Qué sucedió exactamente?
ALCÁNTAR Y VELA: A los dos días nos dieron una cita con el DIF de León y el personal del área de adopciones nos explica que se va a detener todo el proceso, que lamentablemente somos una familia homoparental y que todas las personas se les van a venir encima y que qué les van a decir a las demás familias. Al salir hablamos con nuestros abogados y les platicamos lo que estaba pasando. Ellos se empezaron a mover legalmente aportando todas las pruebas que teníamos de que nos estaban discriminando por ser una familia homoparental.
Esta pelea legal duró siete meses hasta que el juez dio la resolución a favor de nosotros y le dice a DIF que no tienen por qué detener el proceso, que sigamos con todo lo que ya se había hecho. Entonces se reanudó todo y nos dieron cita para ya poder conocer a Emiliano. Un día antes de conocerlo nos hablan de DIF Guanajuato, para decirnos que nos tenemos que esperar porque la casa hogar no nos quería recibir para conocer a Emiliano por ser una familia homoparental. Entonces, movieron a nuestro hijo a otra casa hogar. En noviembre de 2019 por fin lo pudimos conocer y en diciembre ya se pudo ir a nuestra casa definitivamente. En marzo de 2020 nos dieron la adopción plena, donde ya legalmente es nuestro hijo, y en abril nos entregan su acta de nacimiento ya con nuestros apellidos.
BLADE: ¿Cómo recuerdan ese primer encuentro con su hijo?
ALCÁNTAR Y VELA: El primer día que llegamos a la casa hogar estábamos nerviosos porque no sabíamos cómo iba a reaccionar. Lo llevaban cargado y en cuanto nos vio le dio un poco de risa y estaba todo avergonzado. Después estuvimos en un cuarto donde estaban los psicólogos, y comenzamos a jugar. Desde ese momento todo cambió. Parecía que nos conocíamos de hace mucho tiempo. Se desenvolvió súper bien. En los días siguientes empezó a cantar y los psicólogos estaban muy asombrados, pues nos comentaron que casi no hablaba, que esto demostraba que se sentía muy bien con nosotros.
BLADE: ¿Qué les enamoró de Emiliano?
ALCÁNTAR Y VELA: Todo. Desde el primer día que lo vimos en la foto se veía tan pequeñito y con esos ojos tan hermosos que tiene. Cuando lo vimos físicamente es indescriptible lo que sentimos. Todo en él es muy lindo. Es súper amoroso. Le gusta jugar muchísimo. Tiene un ángel muy grande, que te roba con solo verlo.
BLADE: ¿Cuanto les ha cambiado la vida luego de que viven con su hijo?
ALCÁNTAR Y VELA: Totalmente. Andamos todo el día corriendo de un lado a otro. Nos despertamos más temprano. Nuestra alimentación es más balanceada y ahora sí somos más estrictos en los tiempos de comida. En la mañana lo cuida mi esposo (Dani) y en las tardes yo, porque también los dos trabajamos. Ha sido un cambio radical, pero vale la pena. Estamos muy felices.
BLADE: ¿Qué satisfacciones e insatisfacciones les ha traído ser la primera pareja homoparental en adoptar en Guanajuato?
ALCÁNTAR Y VELA: Mucha satisfacción al ver que tanta gente nos mande mensajes diciéndonos que también quieren adoptar, que tenían miedo, pero que nosotros les damos mucha esperanza y también que te digan que somos una inspiración, que se animaron a salir del closet porque quieren tener un vida llena de alegrías, es de verdad muy hermoso.
De insatisfacción en realidad no porque a donde hemos ido y donde nos desenvolvemos nos han felicitado por lo que hemos logrado. Probablemente sí también hay muchos mensajes de odio y que no comparten nuestra alegría, simplemente no los tomamos en cuenta. Nosotros sabemos que estamos haciendo las cosas bien, como debe ser. Sabemos quiénes somos, qué queremos, y sabemos hacia dónde vamos, y con eso nos quedamos: con todo lo bonito que estamos viviendo.
BLADE: ¿Cuales han sido los momentos más difíciles que han tenido que superar?
ALCÁNTAR Y VELA: Definitivamente la discriminación porque jamás nos había pasado algo similar. En todo nuestro entorno, en nuestro trabajo, en nuestra familia, siempre nos hemos dado a respetar y siempre hemos recibido ese respeto. Otro momento duro fue cuando sentíamos la angustia de que tal vez no podríamos ver a nuestro hijo solo por ser una familia homosexual y que el prejuicio de las personas pudiera más que lo que marca la ley.
BLADE: ¿Qué le recomendarían a las parejas que como uds desean formar una familia?
ALCÁNTAR Y VELA: Que no se dejen guiar por los prejuicios de las demás personas, que cumplan todo lo que anhelan, que si les nace del corazón hacerlo, vale muchísimo la pena. La recompensa de tener a un hijo es muy grande, que te diga papá te quiero mucho, que te diga somos una familia y nos queremos mucho, eso te llena la vida de alegría y te hace seguir adelante, para seguir luchando por nuestros sueños.
Ecuador
Adolescentes trans en Ecuador podrán cambiar datos en su cédula, pero con condicionamientos
Pueden modificar el campo de género en su documento de identidad con requisitos
Por VICTOR H. CARREÑO | En una sentencia del 5 de febrero de 2026, la Corte Constitucional declaró inconstitucional el requisito legal de mayoría de edad para modificar el campo de sexo o género en la cédula de identidad y fija lineamientos para que adolescentes trans puedan cambiar estos datos.
El máximo organismo de control e interpretación constitucional incorpora dos requerimientos: que la persona adolescente se presente al procedimiento administrativo con sus padres y que informes psicosociales acrediten un grado de madurez.
El fallo resuelve una consulta de constitucionalidad de una unidad judicial que lleva una acción de protección contra el Registro Civil presentada por la familia de un adolescente trans que solicitó, en junio de 2023, modificar el campo de género en la cédula.
La institución se negó porque la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles establece que la rectificación de sexo o género es un procedimiento para personas mayores de 18 años.
El adolescente, cuya identidad se protege en la sentencia, cuenta con el apoyo de sus padres en su transición, que inició en 2020. En una audiencia, su madre expuso que si bien en el ámbito familiar y en el sistema educativo se respeta la identidad de su hijo, fuera de estos hay situaciones, como en consultas médicas en el Seguro Social, en que debe presentar la cédula de él y quienes la reciben preguntan si es el documento equivocado.
En el desarrollo de la sentencia, la Corte expone por qué el requisito de tener mayoría de edad para acceder a la modificación de datos en la cédula es inconstitucional.
Entre varios motivos, explica que restringe los derechos al libre desarrollo de la personalidad e identidad, que la edad no puede exigirse como “criterio determinante y único” para determinar la madurez de un adolescente, y que la medida puede generar impactos negativos en el bienestar psicológico y emocional.
Por ello, indica que existen mecanismos alternativos como la evaluación individualizada, el acompañamiento técnico y la consideración del contexto familiar.
En ese sentido, la Corte dispone al Registro Civil que debe proceder al cambio de los datos de adolescentes trans cuando acudan acompañades de sus representantes legales y con el respaldo de informes psicosociales.
Estos informes, agrega la sentencia, deben ser de profesionales acreditados o de órganos técnicos públicos competentes que sean considerados por el Registro Civil.
El fallo tiene efectos para este caso y otros similares. A diferencia de otras sentencias, la Corte no ordena una reforma a la legislación.
La organización Silueta X, que difundió el caso en un comunicado el 11 de marzo, calificó el fallo como histórico y explicó que este crea jurisprudencia de cumplimiento obligatorio.
🏳️⚧️🌈Un chico trans de 15 años le dijo al Estado ecuatoriano “yo sé quién soy”. Y la Corte Constitucional le dio la razón. 🏛️✊
Este fallo es nuestro. Es tuyo.
🔗 Lee la comunicado completa en nuestra bio.#DerechosTransEcuador #SiluetaX #CorteConstitucional #AdolescentesTrans pic.twitter.com/aXE4FU9VeS
— Asociación SILUETA 'X' (@SiluetaX) March 11, 2026
Sin embargo, otras organizaciones cuestionan los requisitos. Fundación Pakta indica que si bien la sentencia derriba la barrera etaria de la mayoría de edad, la inclusión de informes psicosociales contradice la tendencia global y regional hacia la despatologización.
Pakta menciona, por ejemplo, la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, instrumento que reconoce la identidad autopercebida de las personas y los derechos patrimoniales de parejas del mismo sexo.
El documento, recuerda Pakta en un comunicado, establece que para el reconocimiento de la identidad de género no se debe exigir certificados médicos ni psicológicos. Además, que la Organización Mundial de la Salud reconoció que la identidad trans no es una patología psiquiátrica.
Mientras que la activista Nua Fuentes, de Proyecto Transgénero, considera que los requisitos impuestos por la Corte pueden ser problemáticos. Menciona que frente al desconocimiento y prejuicios, profesionales de salud patologizan la identidad trans.
La Sentencia 4-24-CN/26 sobre la inconstitucionalidad de negar a adolescentes trans cambio de su sexo o género en la cédula es un acto que entreabre la puerta para los derechos, pero también sostiene algunas barreras y es problemático para adolescentes trans #Ecuador
Abro hilo🧵 pic.twitter.com/aKBUlmnU1A— Nua Elizabeth Fuentes Aguirre (@NuaEliz) March 11, 2026
Además, señala que puede haber casos de que la familia y psicólogos expresen rechazo a la identidad trans y limiten los derechos de adolescentes trans. O también menciona casos de abandono de niñes y adolescentes trans y pregunta cómo reconocer su identidad si no cumplen con el requisito de acudir sin representantes legales.
Los condicionamientos para el cambio del campo de sexo o género en la cédula para adolescentes trans marcan también una diferencia con el procedimiento en personas trans de más de 18 años, pues estas —desde las reformas vigentes en 2024— no deben presentar requisitos. Solo su declaración expresa de ser una persona trans que desea que los datos de su cédula estén conformes a su identidad de género.
La madurez de niñeces y adolescencias ha sido un tema abordado en convenciones o instrumentos internacionales. La Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU del 2009 es contundente al reconocerles como seres autónomos y capaces de formar sus propias opiniones a través de la experiencia, el entorno, las expectativas sociales y culturales.
Esta convención es mencionada en una sentencia de la Corte Constitucional en que reconoció la identidad de infancias y adolescencias trans en el sistema educativo.
En las Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño, documentos de interpretación para los alcances de la mencionada Convención, se explica que la madurez es “la capacidad de comprender y evaluar las consecuencias de un asunto determinado”, lo cual debe considerarse en relación con su capacidad individual, contextos, entornos, experiencias de vida y familiar, desarrollo psicológico y no únicamente con su edad biológica.
Además, que la edad cronológica no determina la evolución de las capacidades de las niñeces y adolescencias porque estas crecen a lo largo del tiempo.
Ecuador
Justicia reconoce delito de odio en caso de bullying en Instituto Nacional Mejía de Ecuador
Johana B se suicidó el 11 de abril de 2023
A casi tres años del suicidio de Johana B., quien estudió en el Instituto Nacional Mejía, colegio emblemático de Quito, el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia ratificó la condena para el alumno responsable del acoso escolar que la llevó a quitarse la vida.
Según información de la Fiscalía, el fallo de última instancia deja en firme la condena de cuatro años de internamiento en un centro para adolescentes infractores, en una audiencia de casación pedida por la defensa del agresor, tres meses antes de que prescriba el caso.
Con la sentencia, este caso es uno de los primeros en el país en reconocer actos de odio por violencia de género, delito tipificado en el artículo 177 del Código Orgánico Penal Integral (COIP).
El suicidio de Johana B. ocurrió el 11 abril de 2023 y fue consecuencia del acoso escolar por estereotipos de género que enfrentó la estudiante por parte de su agresor, quien constantemente la insultaba y agredía por su forma de vestir, llevar el cabello corto o practicar actividades que hace años se consideraban exclusivamente para hombres, como ser mando de la Banda de Paz en el Instituto Nacional Mejía.
Desde la muerte de Johana, su familia buscaba justicia. Su padre, José, en una entrevista concedida a edición cientonce para la investigación periodística Los suicidios que quedan en el clóset a causa de la omisión estatal afirmó que su hija era acosada por su compañero y otres estudiantes con apodos como “marimacha”, lo que también fue corroborado en los testimonios recogidos por la Unidad de Justicia Juvenil No. 4 de la Fiscalía.
Los resultados de la autopsia psicológica y del examen antropológico realizados tras la muerte de Johana confirmaron las versiones de sus compañeras y docentes: que su agresor la acosó de manera sistemática durante dos años. Los empujones, jalones de cabello o burlas, incluso por su situación económica, eran constantes en el aula de clase.
La violencia que recibió Johana escaló cuando su compañero le dio un codazo en la espalda ocasionándole una lesión que le imposibilitó caminar y asistir a clases.
Días después del hecho, la adolescente se quitó la vida en su casa, tras escuchar que la madre del agresor se negó a pagar la mitad del valor de una tomografía para determinar la lesión en su espalda, tal como lo había acordado previamente con sus padres y frente al personal del DECE (Departamento de Consejería Estudiantil del colegio), según versiones de su familia y la Fiscalía.
#AFONDO | Johana se suicidó el 11 de abril de 2023, tras ser víctima de acoso escolar por no cumplir con estereotipos femeninos 😢.
Dos semanas antes, uno de sus compañeros le dio un codazo en la espalda, ocasionándole una lesión que le imposibilitó caminar 🧵 pic.twitter.com/bXKUs9YYOm
— EdicionCientonce (@EdCientonce) September 3, 2025
“Era una chica linda, fuerte, alegre. Siempre nos llevamos muy bien, hemos compartido todo. Nos dejó muchos recuerdos y todos nos sentimos tristes; siempre estamos pensando en ella. Es un vacío tan grande aquí, en este lugar”, expresó José a Edición Cientonce el año pasado.
Para la fiscal del caso y de la Unidad de Justicia Juvenil de la Fiscalía, Martha Reino, el suicidio de la adolescente fue un agravante que se contempló durante la audiencia de juzgamiento de marzo de 2024, según explicó a este medio el año pasado. Desde entonces, la familia del agresor presentó un recurso de casación en la Corte Nacional de Justicia, que provocó la dilatación del proceso.
En el fallo de última instancia, el Tribunal también dispuso que el agresor pague $3.000 a la familia de Johana B. como reparación integral. Además, el adolescente deberá recibir medidas socioeducativas, de acuerdo al artículo 385 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, señala la Fiscalía.
El caso de Johana también destapó las omisiones y negligencias del personal del DECE y docentes del Instituto Nacional Mejía. En la etapa de instrucción fiscal se comprobó que no se aplicaron los protocolos respectivos para proteger a la víctima.
De hecho, la Fiscalía conoció el caso a raíz de la denuncia que presentó su padre, José, y no por el DECE, aseguró la fiscal el año pasado a Edición Cientonce.
Pese a estas omisiones presentadas en el proceso, el fallo de última instancia sólo ratificó la condena para el estudiante.
Honduras
Corte IDH reconoce a Thalía Rodríguez como familia social de Leonela Zelaya
Se construyeron una familia tras más de una década de convivencia
Por DORIS GONZÁLEZ * | TEGUCIGALPA, Honduras — En la sentencia del caso Leonela Zelaya y otra vs Honduras emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos se estableció un hito jurisprudencial para las personas LGBTQ en Honduras, así como en la región en relación a las diversas conformaciones de familias existentes. La Corte IDH interpretó por primera vez el concepto de familia social, indicando que la construcción de familia no debe restringirse a la familia nuclear o a nociones tradicionales, bajo el entendido de que hay diferentes formas en las que se materializan los vínculos familiares.
Este análisis se trae a colación debido al contexto de discriminación, prejuicio y violencia que atravesamos las personas LGBTQ, el cual se puede manifestar incluso dentro de nuestras propias familias. Esta violencia se manifiesta a través de actos de odio como ser el desarraigo familiar, violencia física, psicológica, social, económica, expulsiones de los hogares, violaciones correctivas e incluso, culminando en muertes violentas. Esta violencia motivada por la orientación sexual, identidad y expresión de género de las personas imposibilita la convivencia familiar.
Ante esto, las personas LGBTQ construimos vínculos sociales fuera del vínculo familiar tradicional, los cuales a través de la convivencia, amistad, apoyo económico-social y construcción de vida en común constituyen familias, tal como ocurrió en este caso.
Tras el abandono de su familia biológica, Leonela Zelaya y Thalía Rodríguez construyeron una familia tras más de una década de convivencia, en los cuales se apoyaron mutuamente en diversas situaciones, viviendo como mujeres trans, portadoras de VIH, ejerciendo el trabajo sexual y en situación de pobreza, enfrentando constantes episodios de detenciones arbitrarias y violentas por parte de los órganos policiales.
Tras su asesinato, fue Thalía quien recogió el cuerpo de Leonela en la morgue de Tegucigalpa y quien gestionó el féretro a través de la Funeraria del Pueblo. Los servicios fúnebres de Leonela Zelaya fueron realizados en un bar por mujeres trans, trabajadoras sexuales, al cual no asistió ningún miembro de su familia biológica.
El asesinato de Leonela y la falta de esclarecimiento generaron a Thalía un sentimiento de inseguridad, frustración e impotencia. Por estas violaciones de derechos humanos, la Corte reconoció a Thalía Rodríguez, en calidad de familiar de Leonela, como víctima del caso, generando estándares aplicables a todas las personas LGBTQ.
A juicio de la Corte, esta situación lleva a que, en casos de muertes violentas de mujeres trans, las personas que integren las redes de apoyo de la persona fallecida puedan ser declaradas víctimas por la violación de sus derechos a la integridad psíquica o moral, siempre que se acredite la existencia de un vínculo estrecho con la víctima y una afectación a sus derechos, derivada, por ejemplo, de las gestiones realizadas para obtener justicia. Esta sentencia logra reconocer que las personas LGBTQ construimos familias sociales, familias elegidas, e indica que estas deben ser reconocidas y validadas.
* Abogada litigante del caso Leonela Zelaya y otra vs Honduras, Red Lésbica Cattrachas
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